Neutrosophic Computing and Machine Learning , Vol. 29, 2023
Marcelo R. Dávila C, Carmen M. Méndez C, Jessica J. Santander M. Lógica difusa neutrosófica para medir el
efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
University of New Mexico
Lógica difusa neutrosófica para medir el efecto de la
emisión de las notas de venta en la adquisición de bie-
nes y servicios grabados con tarifa 12%.
Neutrosophic fuzzy logic to measure the effect of the is-
suance of sales notes on the acquisition of goods and
services recorded at a 12% rate.
Marcelo Raúl Dávila Castillo
1
, Carmen Marina Méndez Cabrita
2
, and Jessica Johanna Santan-
der Moreno
3
1
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán. Ecuador. E-mail: ut.marcelodavila@uniandes.edu.ec
2
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán. Ecuador. E-mail: ut.carmenmmc56@uniandes.edu.ec
3
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán. Ecuador. E-mail: ut.jessicasm33@uniandes.edu.ec
Resumen. Con la publicación de la Ley Orgánica para de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal (LODESF) tras la
pandemia del COVID-19, se agrega a continuación del artículo innumerado incorporado a continuación del artículo 97 de la Ley
de Régimen Tributario interno el Capítulo V referente al Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares
(RIMPE) para el pago del impuesto a la renta, a los emprendedores y negocios populares; régimen que no excluye la aplicación
del régimen ordinario, respecto de las actividades no comprendidas en el mismo. El RIMPE, es un nuevo régimen tributario
impuesto en Ecuador que se aplica a las pequeñas empresas y emprendimientos. Comprendiendo que este nuevo régimen tribu-
tario presenta una condición particular, la cual se refiere en lo principal a los ingresos que son percibidos y la actividad comercial
a la que se dedican los contribuyentes. Tomando en cuenta que con la base imponible a ellos se establece la categoría a la que
pertenece cada contribuyente y la cantidad que debería ser cancelada. Basado en estos elementos, el presente trabajo tiene como
objetivo implementar un método neutrosófico para medir el efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes
y servicios grabados con tarifa 12%, en la vulneración del derecho a deducir el crédito tributario de los agentes de percepción
del tributo. Los resultados obtenidos con la implementación del método neutrosófico evidencian que la situación de la emisión
de notas de venta para este sector es que los agentes de percepción del tributo, no pueden deducir su Impuesto al Valor Agregado
en Ventas con el Impuesto al Valor Agredo en Compras para que se consolide el impuesto, causado o en su defecto el crédito
tributario, lo que está ocasionando una vulneración de los agentes de percepción del tributo.
Palabras Claves: gimen simplificado, negocios populares, ingresos brutos, tabla progresiva, base imponible, números neutro-
sóficos
Summary. With the publication of the Organic Law for Economic Development and Fiscal Sustainability (LODESF) after the
COVID-19 pandemic, Chapter V referring to the Simplified Regime for Entrepreneurs and Popular Businesses (RIMPE) for the
payment of income tax to entrepreneurs and popular businesses; regime that does not exclude the application of the ordinary
regime, with respect to activities not included in it. The RIMPE is a new tax regime imposed in Ecuador that applies to small
businesses and enterprises. Understanding that this new tax regime presents a particular condition, which mainly refers to the
income that is received and the commercial activity to which the taxpayers are engaged. Taking into account that the tax base
for them establishes the category to which each taxpayer belongs and the amount that should be paid. Based on these elements,
the present work aims to implement a neutrosophic method to measure the effect of the issuance of sales notes in the acquisition
of goods and services recorded with a 12% rate, in the violation of the right to deduct the tax credit from tax collection agents.
The results obtained with the implementation of the neutrosophic method show that the situation of the issuance of sales notes
for this sector is that the tax collection agents cannot deduct their Value Added Tax on Sales with the Value Added Tax. Lor
Agredo in Purchasing so that the tax, caused or failing the tax credit, is consolidated, which is causing a violation of the tax
collection agents.
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Marcelo R. Dávila C, Carmen M. Méndez C, Jessica J. Santander M. Lógica difusa neutrosófica para medir el
efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
Keywords: simplified regime, popular businesses, gross income, progressive table, tax base, neutrosophic numbers
1 Introducción
Los tributos se han constituido en el marco de un proceso histórico, no solo de una obligación impuesta por el
Estado o sus instituciones, sino también la responsabilidad y deber cívico de todas/os los ecuatorianos de contribuir
y cooperar con el Estado y la comunidad; como medios que estimulan la inversión, la reinversión, el ahorro y su
destino hacia los fines productivos y de desarrollo nacional, que permite atender las exigencias de estabilidad y
progreso social en procura de una mejor distribución de la renta nacional. La normativa en referencia al Impuesto
a la Renta [1] lo ha considerado como un tributo que debe ser recaudado de manera anticipada en el mismo periodo
impositivo y en dos fechas determinadas, a pesar de que este impuesto debe ser liquidado de la renta anual de
las/os sujetos pasivos al final del periodo impositivo y declarado y pagado en el año posterior.
Con la publicación de la Ley Orgánica para de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal (en adelante la
LODESF) tras la pandemia del COVID-19, se agrega a continuación del artículo innumerado incorporado a con-
tinuación del artículo 97 de la Ley degimen Tributario interno el Capítulo V referente algimen Simplificado
para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE) para el pago del impuesto a la renta, a los emprendedores y
negocios populares, régimen que no excluye la aplicación del régimen ordinario, respecto de las actividades no
comprendidas en el mismo, en el mismo que el sujeto activo es el Estado ecuatoriano administrado por el Servicio
de Rentas Internas y los sujetos pasivos son las personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales superio-
res a 0,00 y hasta 300.000,00 mil dólares de los Estados Unidos de América al 31 de diciembre del año anterior.
Tomando en consideración que dentro de este régimen se constituyen también negocios populares aquellos
sujetos pasivos, relacionados a las personas naturales, con ingresos brutos existentes de hasta 20.000,00 de los
Estados Unidos de América en el ejercicio económico del año inmediatamente anterior. Considerando que por
ingresos brutos se entenderá a los ingresos gravados percibidos por el sujeto pasivo, menos descuentos y devolu-
ciones, en los que los sujetos pasivos dentro del régimen RIMPE pagarán el Impuesto a la Renta [2], conforme a
la correspondiente tabla progresiva, aplicable sobre los ingresos brutos del respectivo ejercicio fiscal, exclusiva-
mente respecto de aquellos ingresos provenientes de actividades no excluidas del mismo, incluyendo a los artesa-
nos y emprendedores conforme la definición que consta en la ley de la materia. El RIMPE es un nuevo régimen
tributario impuesto dentro de nuestro país que se aplica a las pequeñas empresas y emprendimientos.
De manera general, este régimen puede ser entendido como “el conjunto de normas a ser empleadas dentro del
territorio ecuatoriano para la declaración y el pago de impuestos de todas aquellas personas naturales o jurídicas
que cumplan con la característica de “emprendedores” o de “negocios populares” (Cunuhay, 2022)comprendiendo
que este nuevo régimen tributario presenta una condición particular, la cual se refiere en lo principal a los ingresos
que son percibidos y la actividad comercial a la que se dedican los contribuyentes tomando en cuenta que con la
base imponible a ellos se establece la categoría a la que pertenece cada contribuyente y la cantidad que debería ser
cancelada.
Basado en los elementos antes descritos, el presente trabajo tiene como objetivo implementar un método neu-
trosófico para medir el efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados
con tarifa 12%, en la vulneración del derecho a deducir el crédito tributario de los agentes de percepción del tributo.
La propuesta realizada servirá de base para saber cómo el anticipo del impuesto a la renta vulnera el principio de
progresividad establecido en el artículo 300 de la Constitución de la República del Ecuador. Es decir, conforme
aumenta o mejora la capacidad contributiva de los contribuyentes, debe aumentarse de manera gradual su impuesto.
2 Preliminares
Capacidad contributiva. Dentro de un Régimen Tributario, uno de los puntos más relevantes a ser compren-
didos es respecto a la capacidad contributiva que tienen los sujetos pasivos de la obligación tributaria. La capacidad
contributiva es una forma de categorizar la capacidad económica del sujeto pasivo de la obligación tributaria, es
decir, es una manera de establecer el valor que cada persona debe y puede pagar a la administración tributaria,
tomando siempre en consideración todos los ingresos totales que percibe de su actividad comercial, su patrimonio
en general, los salarios, la renta, etc.
Conforme lo establece la doctrina este principio se consagra como uno de los más fundamentales del Derecho
Tributario, a pesar de no encontrarse expresamente establecido dentro de nuestro texto constitucional, de manera
implícita si lo está, principios de rango constitucional tienen una estrecha relación con este, por lo tanto, debe ser
siempre considerado para imponer un Régimen Tributario.
Régimen Tributario en el Ecuador. El Régimen Tributario en el Ecuador se materializa mediante la aplica-
ción de diferentes normativas que regulan el Derecho Tributario en concordancia con los artículos 424 y 425 de la
Constitución de la República del Ecuador relacionados a la supremacía de la norma constitucional y al orden
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efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
jerárquico de aplicación de las demás normativas. El Código Tributario, como normativa regulatoria se divide en
4 libros, el primero hace referencia a lo sustantivo tributario, el segundo se refiere a procedimientos tributarios, el
tercer se refiere sobre el procedimiento contencioso; y, el cuarto al ilícito tributario.
Administraciones tributarias. Las administraciones Tributarias que contempla el Código Tributario en los
Arts. 64, 65 y 66 clasifica a las administraciones tributarias de la siguiente manera: la Administración Central,
compuesta por el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE); la
Administración Seccional compuesta por Gobiernos Autónomos Descentralizados compuesta por los Gobiernos
Autónomos Descentralizados Regionales, Provinciales, Distritales, Cantonales y las Juntas Parroquiales Rurales;
y, la administración de Excepción, son las instituciones creadas para no cobrar tributos.
En el libro segundo que refiere a los procedimientos tributarios comprende dos funciones: La determinación y
recaudación de los tributos y la resolución de reclamos. En el libro tercero del procedimiento contencioso consiste
en la potestad pública de conocer y resolver controversias que susciten entre las administraciones tributarias y los
contribuyentes. El libro cuarto del Ilícito Tributario contiene toda acción u omisión que impliquen violación de las
normas tributarias se clasifican en contravenciones y faltas reglamentarias. El Código Tributario en su Art. 5
expresa que: “El régimen tributario se regirá por los principios de legalidad, generalidad, igualdad,
proporcionalidad e irretroactividad” (2018).
En su artículo 2 de la norma ídem, expresa que las disposiciones del Código Tributario y de las demás leyes
tributarias, prevalecerán sobre toda otra norma de leyes generales. En consecuencia, no serán aplicables por la
administración ni por los órganos jurisdiccionales las leyes y decretos que de cualquier manera contravengan este
precepto. En base a lo expuesto está claro que el Régimen Tributario está enmarcado en un conjunto de normas
legales en armonía con la Constitución, que permiten la correcta aplicación de la normativa vigente, sin embargo,
cabe señalar que todos estos elementos normativos, relacionados entre sí, fortalecen una administración tributaria
que respeta los límites constitucionales.
Principios del sistema tributario en el Ecuador
Para que la Administración Tributaria pueda actuar de manera eficaz y en armonía con lo establecido en la Ley
es preciso analizar cada uno de los principios que rige el sistema tributario, partiendo del orden jerárquico de la
norma. La existencia de los Principios Tributarios se dio ante la necesidad de que la recaudación tributaria sea
justa y equitativa, para evitar que los contribuyentes realicen evasión tributaria al sentir desconfianza del gobierno,
al tener un sistema tributario poco transparente y con el bajo riesgo de ser detectado, lo que es perjudicial para el
país porque al no reportar los ingresos generados reales, se ven afectadas las arcas del Estado afectando
directamente a los ciudadanos por lo que disminuiría el presupuesto nacional y no se podrían satisfacer las
necesidades públicas [3].
Principio de Generalidad: este principio hace referencia a que las leyes tributarias tienen un alcance a
todas las personas naturales o jurídicas que mantengan una actividad económica conforme a la ley. Es
decir, que es de carácter general puesto que nadie tiene ninguna clase de privilegios para excluirse de sus
obligaciones tributarias. No significa que todos deban pagar tributos, sino que deben hacerlo aquéllos con
la necesaria capacidad contributiva que se refleja en la realización de los hechos imponibles establecidos
en la Ley.
Principio de Progresividad: este principio puede entenderse como la manera en que el contribuyente va
adquiriendo su capacidad contributiva es decir conforme aumenta su capacidad de igual manera aumentan
sus obligaciones tributarias. El aumento de capacidad contributiva determina el aumento del impuesto,
no sólo en su cuantía, sino también, especialmente, en su tarifa o incidencia [4].
Principio de Eficiencia: para interpretar de manera correcta este principio vale la pena mencionar, que
aplica desde el momento y la manera de recaudación hasta el momento de su correcta administración,
puesto que para que se cumpla con este principio es necesario que se cumpla con el fin de una recaudación
justa y equitativa.
Principio de Simplicidad Administrativa: este principio es la herramienta fundamental al momento de
la práctica, pues significa que es necesario la aplicación de herramientas sencillas que le permitan
comprender al contribuyente de manera fácil el procedimiento administrativo para que pueda cumplir con
sus obligaciones tributarias, que le evite de este modo emprender un camino administrativo
incomprensible. El principio se refiere a la simplicidad, claridad y sencillez que deben tener las normas
jurídicas tributarias [5].
Principio de Irretroactividad: de acuerdo con este principio manifiesta que las leyes tributarias van a
regir únicamente para hechos venideros desde el momento de su vigencia.
Principio de Equidad: este principio constitucional hace referencia a que al momento de la aplicación
de la ley en materia tributaria se deberá aplicarla en sentido de que sea lo más justo, y no precisamente a
la rigidez de la ley sino más bien en dirección a constituir un trato justo a todas las personas
independientemente de su capacidad económica. Si se pretende que la estructura tributaria no dificulte el
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Marcelo R. Dávila C, Carmen M. Méndez C, Jessica J. Santander M. Lógica difusa neutrosófica para medir el
efec-to de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
logro de las metas sociales y económicas, debemos afirmar que la carga tributaria tiene que ser distribuida
con justicia, lo cual conduce al principio de equidad [6].
Principio de Transparencia: este principio se entiende como un mecanismo en el cuál se va a evidenciar
el actuar de la administración Tributaria, sujeta a la información pública de manera oportuna enmarcada
en valores éticos que permitan alcanzar la total confianza entre el contribuyente y sistema administrativo.
Principio de Suficiencia Recaudatoria: este principio hace referencia al objetivo de cumplir con las
necesidades económicas del Estado, es decir la carga tributaria debe satisfacer las necesidades del gasto
público y su aplicación va de acorde a ello.
Principio de legalidad: considerado como el más importante, tiene su origen en la Carta Magna
arrancada a Juan Sin Tierra y por cuyo mérito los tributos sólo pueden establecerse con la aceptación de
los llamados a pagarlos, determina que únicamente la ley puede establecer la existencia de tributos,
“Nullum tributum sine lege”, significa que sin ley no hay tributos y que no existe delito ni pena sin ley
que así lo determine [7], por lo tanto, este principio exige que la ley establezca claramente el hecho
imponible, los sujetos obligados al pago, la cuantía del tributo, la determinación del hecho imponible, la
fecha de pago, las exenciones, las infracciones, sanciones, órgano habilitado para recibir el pago, los
derechos y obligaciones tanto del contribuyente como de la Administración Tributaria, todos estos
aspectos estarán sometidos ineludiblemente a las normas legales.
Principio de igualdad: significa que todos ante la ley son iguales, y que la administración tributaria
deberá tratar a todos de la misma manera, sin ningún privilegio.
Principio de proporcionalidad: este principio es una herramienta fundamental que va a permitir observar
la capacidad contributiva del contribuyente al momento de cumplir con sus obligaciones tributarias,
evitando de este modo vulnerar demás principios en armonía con la Constitución. Por lo que considero
que es una herramienta fundamental en el régimen tributario.
Principio de proporcionalidad
De acuerdo a las investigaciones realizadas el origen del principio de proporcionalidad se remonta a finales de
la segunda guerra mundial, como una manera de fundamentar las decisiones de carácter administrativo en la
legislación europea, sin embargo ha sido mediante la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Alemán con la
cual se ha logrado difundir este principio a nivel global pues ha significado el control de los actos de los poderes
públicos.
De conformidad al Art. 5 del Código Tributario del Ecuador establece un listado de principios tributarios entre
ese listado de principios, al momento de ponderar su eficacia con el objetivo de establecer cuál va a ser
determinante al momento de establecer una tarifa justa que va a regular a un grupo de contribuyentes como es el
caso de quienes están sujetos al régimen impositivo para microempresas, es de trascendencia analizar el principio
de proporcionalidad contenido en el Código Tributario como uno de los principios rectores.
En ese contexto es pertinente destacar que este principio se convierte en la piedra angular del Derecho
Tributario, pues se torna fundamental al momento de la práctica y va a permitir que se proteja en todo momento
los derechos de los contribuyentes en armonía con lo que determina la Constitución es importante destacar que
este principio ha tenido un impacto jurídico a nivel mundial al momento de precautelar que se vulneren derechos.
El Principio de Proporcionalidad, tiene la finalidad de que los impuestos sean proporcionales acorde a la
capacidad del contribuyente, llegando a tener relevancia en la jurisprudencia constitucional a nivel mundial,
originándose ante los excesos del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo en donde podían verse afectados los
derechos de los ciudadanos al tener que pagar tributos desproporcionados. Además, el principio tributario de
proporcionalidad tiene como objetivo frenar la recaudación que se daba de manera desorganizada al establecer la
razonabilidad, llamando la atención de diferentes tribunales constitucionales de diferentes países para
incrementarlos, y establecer el control de los tributos [8].
El principio de proporcionalidad cumple la función de estructurar el procedimiento interpretativo para la
determinación del contenido de los derechos fundamentales que resulta vinculante para el Legislador y para la
fundamentación de dicho contenido en las decisiones de control de constitucionalidad de las leyes [9].
Para ello hablar de proporcionalidad en la aplicación del Sistema Tributario en el Ecuador, es referirse a la
capacidad económica de las y los ecuatorianos al momento de cumplir con sus obligaciones tributarias con el
Estado, este principio ha sido adoptado universalmente como un criterio jurídico constitucional que va a velar por
la correcta aplicación de leyes tributarias y va a proteger los derechos constitucionales de los contribuyentes para
que se pueda materializar los demás principios que enmarcan el Régimen Tributario en el Ecuador instaurado a
partir del año 2008 en el Art. 300 de la Constitución conexo con lo establecido en el Art. 5 del Código Tributario.
De tal manera que el principio de proporcionalidad aplicado al Sistema Tributario ha demostrado en base a las
investigaciones realizadas que es fundamental para la aplicación de los demás principios, pues si en este principio
sería inaplicable cualquier otro, el principio de proporcionalidad regula la correcta aplicación de las leyes
tributarias de manera armónica con los demás principios, puesto que va a permitir que se logre regular las
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Marcelo R. Dávila C, Carmen M. Méndez C, Jessica J. Santander M. Lógica difusa neutrosófica para medir el
efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
obligaciones tributarias de los contribuyentes observando su realidad económica y su capacidad contributiva para
hacer respetar sus derechos constitucionales.
La Constitución de la República del Ecuador, establece en su artículo 300 que “(…) El régimen tributario se
regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad,
equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria…” así el Código Tributario en su artículo 5 determina que “(…)
El régimen tributario se regirá por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e
irretroactividad…” A partir de ello nace la importancia de regular las obligaciones tributarias a las que están sujetos
los contribuyentes.
Este régimen impositivo obligaba a los contribuyentes que eran parte de este régimen a declarar y pagar
obligatoriamente la tarifa del 2% sobre los ingresos brutos, independientemente si obtenía utilidades o pérdidas en
el ejercicio. Esta aplicabilidad de recaudación anticipada pretendía simplificar y facilitar las obligaciones
tributarias de los contribuyentes al final del ejercicio impositivo ya no de la contabilización de la utilidad gravable,
sino de los ingresos brutos sin descontar las devoluciones, costos, gastos, deducciones imputables a tales ingresos
como base imponible como lo señala el artículo 16 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
3 Materiales y métodos
La lógica difusa es un modo de razonamiento que aplica valores múltiples de verdad o confianza a las catego-
rías restrictivas durante la resolución de problemas. El conjunto es una colección de objetos que pueden clasificarse
gracias a las características que tienen común. Se define de dos formas: por extensión ({a, e, i, o, u}) o por com-
prensión.
Un conjunto booleano A es una aplicación de un conjunto referencial S en el conjunto {0, 1},
󰇝

󰇞
, y
se define con una función característica:
󰇛
󰇜
󰇥


(1)
Los conjuntos difusos dan un valor cuantitativo a cada elemento, el cual representa el grado de pertenencia al
conjunto [10], [11].
Un conjunto difuso A es una aplicación de un conjunto referencial S en el intervalo [0, 1]

󰇟

󰇠
, y se define por medio de una función de pertenencia:
󰇛
󰇜
.
Mientras más cercano esté el valor a 0 menos podemos asegurar la pertenencia de un elemento a un conjunto
[10], [12], [13]. Por el contrario cuanto más cercano esté el valor a 1 más podemos asegurar la pertenencia del
elemento al conjunto [14-16].
Puede representarse como un conjunto de pares ordenados de un elemento genérico  y su grado de
pertenencia
󰇛
󰇜


󰇛
󰇜
󰇛
󰇜
󰇟

󰇠
El trabajo con lógica difusa puede ser representado con el empleo de variables lingüísticas para mejorar la
interpretabilidad de los datos [17, 18]. Las variables lingüísticas son aquellas del lenguaje natural caracterizadas
por los conjuntos difusos definidos en el universo de discurso en la cual se encuentran definidas [19], [20], [21].
Para definir un conjunto de términos lingüísticos se debe establecer previamente la granularidad de la incerti-
dumbre del conjunto de etiquetas lingüísticas con el que se va a trabajar [22], [22], [23]. La granularidad de la
incertidumbre es la representación cardinal del conjunto de etiquetas lingüísticas usadas para representar la infor-
mación [24-27].
El grado de pertenencia de un elemento M(x) a un conjunto difuso será determinado por funciones de perte-
nencia [28, 29]. Las funciones típicas de pertenencia más abordadas en la literatura científica son [30], [31] :
Función Triangular, Función Trapezoidal, Función Gaussiana.
Función Triangular: Definido por sus límites inferior a y superior b, y el valor modal m, tal que a < m < b [32],
[33].
󰇛
󰇜

󰇛󰇜
󰇛󰇜

󰇛

󰇜
󰇛

󰇜


(3)
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Figura. 1. Función triangular.
Función Trapezoidal: Definida por sus límites inferior a y superior d, y los límites b y c, correspondientes al
inferior y superior respectivamente de la meseta [34][33].
󰇛
󰇜

󰇛󰇜
󰇛󰇜


󰇛

󰇜
󰇛

󰇜

(4)
Figura. 2. Función trapezoidal.
Función Gaussiana. Definida por su valor medio m y el valor k > 0. Es la típica campana de Gauss (mayor k,
más estrecha es la campana) [35], [36], [37].
󰇛
󰇜
󰇛󰇜
(5)
Figura. 3. Función gaussiana.
Sobre los conjuntos difusos se pueden realizar operaciones lógicas de intersección (conjunción), la unión (dis-
yunción) y el complemento (negación) [38-40]. Para hacer dichas operaciones se pueden utilizar las T-Normas y
las S-Normas. Las T-Normas especifican las condiciones que deben reunir las operaciones para interceptar con-
juntos y las S-Normas lo hacen para las uniones.
Las intersecciones ocurren en las conjunciones y las contribuciones, de forma parecida las uniones ocurren en
las disyunciones y el global [41, 42]. Estas operaciones son realizadas en los sistemas expertos para calcular los
factores de certeza de las reglas de producción. Según las T-Normas y las S-Normas estas operaciones cumplen
con las siguientes condiciones:
Es una operación T-norma si cumple las siguientes propiedades:
1
Conmutativa
󰇛
󰇜
󰇛󰇜
(6)
2
Asociativa
󰇛
󰇛
󰇜
󰇛
󰇛
󰇜
󰇜.
(7)
3
Monótono creciente
󰇛
󰇜
󰇛󰇜 si  
(8)
4
Elemento neutro
󰇛
󰇜
(9)
33
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Marcelo R. Dávila C, Carmen M. Méndez C, Jessica J. Santander M. Lógica difusa neutrosófica para medir el
efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
Es una operación T-conorma si cumple las siguientes propiedades:
1
Conmutativa
󰇛
󰇜
󰇛󰇜
(10)
2
Asociativa
󰇛
󰇛
󰇜
󰇛
󰇛
󰇜
󰇜
(11)
3
Monótono creciente
󰇛
󰇜
󰇛󰇜 si  
(12)
4
Elemento neutro
󰇛
󰇜
(13)
En un sistema expresado mediante lógica difusa se tienen variables lingüísticas, sus etiquetas, las funciones de
pertenencia de las etiquetas, las reglas de producción y los factores de certeza asociados a estas reglas. Como datos
de entrada al sistema se tienen valores numéricos que toman las variables lingüísticas [43-45].
Los valores de entradas se convierten en valores de pertenencia a etiquetas difusas que son equivalentes a los
factores de certeza [46-49]. Este proceso se llama Fuzzyficación, dado que convierte valores numéricos a difusos.
A partir de estos valores obtenidos en el proceso de Fuzzyficación ocurre el proceso de propagación de certeza
usando las reglas de producción definidas. Este es el proceso de Inferencia Fuzzy, en el cual se utilizan las funcio-
nes de las T-Normas y las S-Normas [50], [51].
Obteniéndose como resultados valores de certeza que se refieren a las pertenencias a los conjuntos de salida.
A partir de los valores de pertenencia a las variables lingüísticas de salida hay que obtener los valores numéricos
de estas y a este proceso se le denomina Desfuzzyficación. La Desfuzzyficación de las variables puede realizarse
por el Método del Centroide que constituye el más utilizado para este proceso [52], [53], [54]. La figura 4 muestra
un esquema de un sistema expresado mediante lógica difusa.
Figura. 4. Esquema de un sistema expresado mediante lógica difusa.
Los números neutróficos se definen como: un󰇝󰇛󰇜󰇟󰇠, una valoración neutrosófica
es un mapeo de un grupo de fórmulas proporcional a N, esto es que por cada oración p tiene:
󰇛󰇜
󰇛

󰇜
(14)
Con el propósito de facilitar la aplicación práctica a la toma de decisiones y problemas de ingeniería, se realizó
la propuesta de las Unidades Neutrosóficas de Valor Único. (SVN) [55],[56], [57], que permiten el uso de variables
lingüísticas [58], [59], lo que aumenta la forma de interpretar los modelos de recomendación y el uso de la inde-
terminación [60-62].
Sea X un universo de habla. Un SVN sobre X es un objeto de la forma.
󰇝
󰇛󰇜
󰇛󰇜
󰇛󰇜󰇞
(15)
4 Método difuso neutrosófico para medir el efecto de la emisión de las notas de venta en la
adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%
El método para medir el efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios
grabados con tarifa 12%, utiliza el proceso de inferencia basado en el Centroide o Centro de Gravedad (GOC) en
la Desfuzzyficación numérica del valor del efecto de la emisión de las notas de venta.
La inferencia basada en GOC garantiza no tener que ajustar ningún coeficiente, solo es necesario conocer las
funciones de pertenencia de cada una de las etiquetas definidas. Para inferir con GOC se parte de los valores de
pertenencia a cada una de las etiquetas asociadas a la variable que se quiere Desfuzzyficar. Para cada variable de
salida fuzzyficada, se trunca el valor máximo de la función de pertenencia de cada etiqueta, a partir del valor
obtenido durante la inferencia.
El proceso se realiza de igual forma para cada etiqueta. Cada etiqueta se trunca según el valor de certeza
inferido. Se garantiza que sean más truncados los gráficos de las etiquetas inferidos con menor valor. Luego se
Variables numéricas de entradas (x)
Variables numéricas de salida (y)
Etiqueta M(x)
Etiqueta M(y)
Fuzzyficación
Desfuzzyficación
Inferencia Fuzzy
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efec-to de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
combina el resultado del truncamiento de todas estas funciones y se obtiene el centro de gravedad [63]. Para eso
se usa la ecuación 16:

󰇛
󰇜

󰇛
󰇜

(16)
Donde M(x) representa el grado de pertenencia del elemento X que tomará valores en el universo discurso,
usando un paso definido. Mientras menor sea este paso más exacto será el resultado del GOC.
Para medir el efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con
tarifa 12%, en la vulneración del derecho a deducir el crédito tributario de los agentes de percepción del tributo, el
método basa su funcionamiento mediante la lógica difusa, que tendrá como variables lingüísticas los indicadores
definidos en la tabla 1 [64, 65, 66]. Como variable de salida se tiene la evaluación del efecto de la emisión de las
notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%. Se definió que cada una de estas
variables de entrada o salida, tendrán asociadas las etiquetas de Baja, Media, Alta. Para valorar el impacto que
tienen las etiquetas lingüísticas de la variable de salida ver Tabla 1.
Tabla 1. Impacto de las etiquetas de la variable de salida.
Etiqueta
Impacto
Baja
Bajo nivel de impacto
Media
Medio nivel de impacto
Alta
Alto nivel de impacto
Para la etiqueta Baja la función de pertenencia asociada será la función triangular, tal que <0,4,5>. El primer
valor representa dónde comienza la función, el segundo dónde se hace 1, el tercero dónde comienza a disminuir y
el cuarto dónde se hace 0.
Para la etiqueta Media, utilizando la función PI, se tiene <4,5,6,7>.
Para la etiqueta Alta, de función de distribución gaussiana igualmente, será <6,7,8,9>.
La Figura 5 muestra las funciones de pertenencia de las etiquetas lingüísticas de las variables de entrada.
Figura 5. Funciones de pertenencia de las etiquetas lingüísticas de las variables de entrada.
Los valores de partencia expresado en las etiquetas lingüísticas pueden ser correspondido con los conjunto de
términos lingüísticos neutrosóficos tal como muestra
Tabla 2. Términos lingüísticos empleados
Término lingüístico
Números SVN
Extremadamente buena(EB)
(1,0,0)
Muy muy buena (MMB)
(0.9, 0.1, 0.1)
Muy buena (MB)
(0.8,0,15,0.20)
Buena (B)
(0.70,0.25,0.30)
Medianamente buena (MDB)
(0.60,0.35,0.40)
Media (M)
(0.50,0.50,0.50)
Medianamente mala (MDM)
(0.40,0.65,0.60)
Mala (MA)
(0.30,0.75,0.70)
Muy mala (MM)
(0.20,0.85,0.80)
Muy muy mala (MMM)
(0.10,0.90,0.90)
Extremadamente mala (EM)
(0,1,1)
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efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
Utilizando le valoración de expertos en el tema se definieron las reglas de producción. Estas reglas garantizan
que siempre la evaluación el efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios
grabados con tarifa 12% en los indicadores de entrada.
Una vez que se tienen estos datos se podrá proceder a la Fuzzyficación de las variables de entrada. El universo
discurso es igual para todas las variables de entrada que se han definido, por lo que todas las variables de entrada
tienen las mismas etiquetas lingüísticas y funciones de pertenencia.
Luego de calcular los factores de certeza para cada una de las etiquetas de las variables de entrada, se pasará a
la fase de Inferencia Fuzzy. En esta se calcularán los factores asociados a las etiquetas de las variables de salida.
A partir de las cuatro reglas de producción definidas se calcularán las DISY y CTR necesarias, siguiendo el par
Mínimo-Máximo de las T-Normas y S-Normas.
En la tercera fase se procederá a la Desfuzzyficación que se realizará mediante el Método del Centroide. El
paso será de 1, dado que x irá desde X1 hasta X10, para ganar en exactitud en la medida medir del efecto de la
emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%. Las etiquetas de la
variable de salida serán las mismas utilizadas para las variables de entrada, al igual que sus funciones de pertenen-
cia.
5 Resultados y discusión
Para evaluar los resultados de la presente investigación se realizará una experimentación. El experimento ten-
drá como principal objetivo demostrar la aplicabilidad de la lógica difusa basada en la experiencia del usuario para
medir el efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
Se tienen los valores de entrada [3, 2, 5,] para los indicadores. En el proceso de Fuzzyficación se calculan los
factores de certeza de cada una de las variables de entrada para cada una de sus etiquetas. Al aplicarle la Fuzzyfi-
cación a las variables de entrada, teniendo los valores numéricos asociados a cada una de ellas, se obtienen los
resultados de la Tabla 3. El cálculo de los grados de pertenencia se realiza según las funciones típicas de pertenen-
cia.
Tabla 3. Grados de pertenencia de los valores de entrada a los conjuntos difusos.
Variables Lingüísticas
Etiqueta
Bajo
Etiqueta
Medio
Etiqueta
Alto
1- Régimen Tributario
(1,0,0)
(0.9, 0.1, 0.1)
(0.9, 0.1, 0.1)
2- Las administraciones tributarias
(0.8,0,15,0.20)
(0.8,0,15,0.20)
(0.8,0,15,0.20)
3- Elementos jurídicos de la obligación tribu-
taria
(0.9, 0.1, 0.1)
(0.60,0.35,0.40)
(0.9, 0.1, 0.1)
El proceso de Inferencia Fuzzy se realiza a través de las reglas definidas, utilizando el par Mínimo-Máximo
de las T-Normas y S-Normas. Una vez realizado este proceso se obtienen los valores que se muestran en la Tabla
3 para la variable de salida efecto jurídico y socioeconómico.
Tabla 4. Grados de pertenencia de los valores de entrada a los conjuntos difusos
Variables Lingüísticas
Etiqueta
Bajo
Etiqueta
Medio
Etiqueta
Alto
Vulneración del derecho a deducir el crédito
tributario de los agentes de percepción del
tributo
(0.9, 0.1, 0.1)
(0.76,0.25,0.30)
(0.86,0,15,0.20)
La Inferencia Fuzzy arroja como resultados que el grado de pertenencia de la variable de salida es de 1 para la
etiqueta Bajo y de 0,8 para la etiqueta Medio. Para Desfuzzyficar la variable de salida se aplica el Método del
Centroide.
En la figura 6 se muestra el grado de pertenencia de la variable de salida (Vulneración del derecho a deducir
el crédito tributario de los agentes de percepción del tributo) con valor 8.4. Aquí se observa que para el valor de
esta variable, el grado de pertenencia de a la etiqueta lingüística Bajo es del 100%, lo cual significa que se requiere
de acciones para mitigar el efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios
grabados con tarifa 12%.
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efec-to de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
Figura 6. Grado de pertenencia de la variable vulneración del derecho a deducir el crédito tributario de los agentes de percepción del tributo.
6 Discusiones
Para implementar el método neutrosófico propuesto, fue necesario compilar información relacionada a las
conceptual y técnica relacionada con toda la normativa tributaria y la información proporcionada en la página web
del Servicio de Rentas Internas correspondientes a los ejercicios impositivos 2020 y 2021, los cuales reflejan el
segmento de contribuyentes que han estado bajo los regímenes anteriores como el Régimen Impositivo Simplifi-
cado (RISE), que constituía a un régimen de inscripción voluntaria, que reemplazaba el pago del Impuesto al Valor
Agregado (IVA) y del Impuesto a la Renta (IR)a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura
tributaria en el país, así como el referente al sector microempresarial paga el 2% del impuesto a la renta (IR) sobre
los ingresos, sea que hayan tenido ganancias o pérdidas durante el año. Hoy con el Régimen Simplificado para
Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE) como régimen tributario especial diseñado para simplificar las
obligaciones fiscales de pequeños emprendedores y negocios populares aplicable a emprendedores individuales o
pequeñas empresas que tienen ingresos anuales por debajo de un cierto umbral establecido por la legislación tri-
butaria, ofrece beneficios como una carga tributaria reducida y un proceso simplificado para cumplir con las obli-
gaciones fiscales.
El Ecuador en la actualidad al ser un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico, reconociendo a los sistemas económico como social y
solidario, el mismo que incentivará la producción nacional, la productividad y competitividad para lograr un
desarrollo equilibrado del territorio nacional, cuya política tributaria promoverá la redistribución, estimulará el
empleo, la producción de bienes y servicios, las conductas ecológicas, sociales y económicas responsables.
El Estado como resultado de una situación crítica como lo es la pandemia global Covid-19, ha reflejado la
urgencia de reactivar la economía y para ello es necesario incentivar en los contribuyentes una cultura tributaria
que les permita comprender la importancia de responder con sus obligaciones tributarias a fin de fortalecer al erario
fiscal del Estado y con ello promover de manera equitativa y justa el desarrollo económico del país. Tomando en
consideración que dentro de este régimen se constituyen también los negocios populares aquellos sujetos pasivos,
relacionados a las personas naturales, con ingresos brutos existentes de hasta 20.000,00 de los Estados Unidos de
América en el ejercicio económico del año inmediatamente anterior, en donde se considera que son ingresos brutos
aquellos gravados percibidos por el sujeto pasivo, menos descuentos y devoluciones, en los que los sujetos pasivos
dentro del régimen RIMPE pagarán el Impuesto a la Renta conforme a la correspondiente tabla progresiva,
aplicable sobre los ingresos brutos del respectivo ejercicio fiscal, exclusivamente respecto de aquellos ingresos
provenientes de actividades no excluidas del mismo, incluyendo a los artesanos y emprendedores conforme la
definición que consta en la ley de la materia.
Luego de haber implementado el metodo neutrosofico propuesto se evidenció que el Estado en los últimos
gobiernos no ha logrado mantener una recaudación tributaria acorde con la realidad nacional, tanto el ejecutivo
como el legislativo han mantenido su postura partidista en no enviar los proyectos de leyes en materia financiera
y tributaria privativa del gobierno y no legisladas con responsabilidad respectivamente que aliviane la situación
económica de los contribuyentes que superan la fracción básica para el pago del impuesto a la renta e cada ejercicio
impositivo.
Con la publicación de la Ley Orgánica para de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia
del COVID-19 y su Reglamento quienes se acogen al RIMPE son los emprendedores, es decir las personas
naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta 300.000,00 dólares al 31 de diciembre del año inmediato
anterior y los negocios populares constituidos por personas naturales con ingresos brutos anuales de hasta
20.000,00 dólares al 31 de diciembre del año inmediato anterior, no sujetas al RIMPE los ingresos provenientes
de actividades relacionadas a contratos de construcción y actividades de urbanización, lotización y otras similares
según los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Tributario Interno, las actividades profesionales, mandatos y
representaciones, actividades de transporte, actividades agropecuarias, actividades de comercializadoras de
combustible, actividades en relación de dependencia, las rentas de capital, regímenes especiales, la inversión
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efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%.
extranjera directa y actividades en asociación pública-privada, el sector de hidrocarburos, minería, petroquímica,
laboratorios médicos y farmacéuticas, industrias básicas, financiero, seguros y Economía Popular y Solidaria,
tampoco estarán sujetos a este régimen quienes hayan recibido ingresos brutos superiores a 300.000,00 dólares en
el año anterior, ni quienes se encuentren inscritos en el RUC sin actividad económica registrada.
Los contribuyentes considerados como negocios populares emitirán notas de venta al amparo de la normativa
vigente, cuando dejen de tener tal consideración, no podrán emitir notas de venta, debiendo dar de baja aquellas
cuya autorización se encontrare vigente y deberán emitir los comprobantes y documentos que corresponda. Los
contribuyentes calificados como “negocios populares” que realicen actividades económicas no sujetas al RIMPE
deberán emitir facturas exclusivamente por estas transacciones. Hasta que se efectúen las implementaciones
tecnológicas los contribuyentes deberán considerar que los negocios populares que a la fecha de incorporación al
RIMPE tengan facturas autorizadas y vigentes podrán seguir emitiéndolas, siempre y cuando incorporen la leyenda
“Contribuyente Negocio Popular - Régimen RIMPE” de forma manual, mediante sello o cualquier forma de
impresión, en estos casos no se desglosará el IVA y no sustentarán crédito tributario para el comprador.
Los negocios populares que a la fecha de incorporación al RIMPE tengan notas de venta autorizadas y vigentes,
podrán seguir emitiéndolas siempre y cuando incorporen la leyenda “Contribuyente Negocio Popular - Régimen
RIMPE” de forma manual, mediante sello o cualquier forma de impresión. Los nuevos contribuyentes, catalogados
como negocios populares, deberán informar al establecimiento gráfico autorizado por el SRI que incluya la leyenda
“Contribuyente Negocio Popular - Régimen RIMPE” en los comprobantes de venta autorizados.
El establecimiento gráfico podrá verificar esta condición en el listado referencial publicado en el portal web
institucional. De no encontrarse aún en el listado referencial, se deberá colocar mediante sello o cualquier otra
forma de impresión la leyenda indicada en los documentos autorizados, una vez que conste en el mismo. La
situación de la emisión de notas de notas de venta para este sector es que los agentes de percepción del tributo
según el artículo 29.2 del Código Tributario, no pueden deducir su Impuesto al Valor Agregado en Ventas con el
Impuesto al Valor Agredo en Compras para que se consolide el impuesto causado o en su defecto el crédito
tributario, en vista que los comprobantes de venta Notas de Venta no desagrega el Impuesto al Valor Agregado en
Compras para deducir el impuesto, lo que está ocasionando una vulneración de los agentes de percepción del
tributo.
Conclusión
La normativa tributaria en el Ecuador está siempre en constantes reformas para dar fuerza al principio de
suficiencia recaudatoria, la cual, para controlar la evasión y elusión tributaria, el Estado en su calidad de sujeto
activo vulnera derechos y garantías constitucionales y legales dentro del régimen tributario en el caso concreto al
haber reformado la normativa tributaria se está vulnerando el derecho de los agentes de percepción del tributo al
no poder deducir el Impuesto al Valor Agregado en Compras del Impuesto al Valor Agregado en Compras para
cancelar las obligaciones mensuales, semestrales o en su defecto se compense como crédito tributario en favor del
contribuyente o agente de percepción.
El Ejecutivo a través de sus iniciativas exclusivas de presentar proyectos de ley de crear, modificar y suprimir
impuestos en la actualidad no han estado relacionados con la real actual del país, ya que el ingreso petrolero se
encuentra en subida, lo que imperaría sin descuidar los ingresos tributarios, que estos por el momento no sean la
prioridad, en vista que está afectando a la mayor parte de los ecuatorianos que como agentes de percepción deben
cumplir con su obligación formal de declarar el impuesto a la renta de ejercicio impositivo anterior sin deducir la
totalidad de sus gastos personales, que le ayudaban anteriormente en algunos casos a solicitar la devolución del
impuesto a la renta por pago indebido, incentivándolo a comprar bienes y servicios solicitando sus comprobantes
de venta para su deducción, mientras que en la actualidad ha creado un desincentivo tributario con la deducción o
rebaja irrisoria.
Con la publicación de la Ley Orgánica para de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia
del COVID-19 y su Reglamento las personas naturales a partir del mes de enero del 2022 solo se puede mantener
e Impuesto al Valor Agredo en Ventas sin poderlo deducir del Impuesto al Valor Agredo el Compras en vista que
los contribuyentes que se encuentran bajo el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares
(RIMPE) no emite comprobantes de venta Facturas que incluya en sus formatos el Impuesto al Valor Agregado
del 12% u 8% en feriados.
La teoría de la lógica difusa aplicada para realizar el análisis y evaluación para medir el efecto de la emisión
de las notas de venta en la adquisición de bienes y servicios grabados con tarifa 12%, genera y entrega datos
exactos en comparación con otros métodos cualitativos. Una vez analizados los resultados de la investigación se
obtiene un método de evaluación del efecto de la emisión de las notas de venta en la adquisición de bienes y
servicios grabados con tarifa 12%, en la vulneración del derecho a deducir el crédito tributario de los agentes de
percepción del tributo, contribuyendo con una herramienta para el análisis del fenómeno mediante lógica difusa
capaz de cuantificar la variable objeto de estudio.
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