Neutrosophic Computing and Machine Learning {Número especial: Neutrosofía: Herramienta para
investigación y toma de decisiones en ambientes de indeterminación}, Vol. 30, 2023
María C. López H, María L. Merizalde A, Iván P. Saquicela R. Empleo de la neutrosofía en el análisis del conoci-
miento sobre juventud y democracia desde el desarrollo sostenible
ceptualización se debe a que existen múltiples modelos de gobiernos democráticos en todo el mundo, lo que
puede generar confusión y estereotipación, por ello mencionan que a veces es más fácil de entender la idea de
democracia en términos de lo que definitivamente no es.
Para delimitarla, es necesario entender su proveniencia etimológica, la palabra democracia proviene de las
palabras griegas “demos”, es decir, las personas, y “kratos” que significa poder; por lo que la democracia puede
ser generalmente definida como “el poder del pueblo”: una forma de gobernar que depende de la voluntad del
pueblo. Entonces, toda aquella forma de gobierno en la que no recaiga sobre el pueblo el poder de toma de deci-
siones (elección popular), no es una democracia.
La democracia, además de ser un sistema político y de gobierno, es una aspiración, un ideal, pero también
una manera de tomar decisiones entre los miembros de una comunidad y, a través de ella, regular la convivencia
con estricto respeto a los derechos. Entonces, cuando se habla de una sociedad democrática, se habla de una so-
ciedad que acepta que su orden social es construido entre todos y todas, una sociedad en la que se cree en la su-
ma de la participación de cada uno de los ciudadanos y de las ciudadanas, pues, sin la participación activa de la
ciudadanía en el proceso de toma de decisiones, la democracia es débil o carece de sustento.
Vivir en democracia supone pensar que los ciudadanos y ciudadanas, son quienes toman las decisiones, quie-
nes ejercen el poder y quienes se benefician del resultado de esas decisiones. También significa que se reconoce
la dignidad del ser humano, los derechos de las personas, se promueve el tomar decisiones respetando las dife-
rencias, la pluralidad y la diversidad, impulsando el respeto a la ley y a las libertades de cada uno. De ese modo,
la democracia es, al mismo tiempo, un ideal, un régimen político y un conjunto de valores, actitudes y creencias.
Cuando se habla democracia se habla de desarrollo y participación y en función de esto, es que es imposible
no hablar de juventud, pues los jóvenes son el agente catalizador para potenciar el avance de las comunidades,
por ello, muchos autores aseveran que el futuro de la sociedad se encuentra en manos de los jóvenes. Lastimo-
samente, de manera casi irónica, son pocas las veces en que los gobiernos han sentido la necesidad de incluir, de
manera prioritaria, a las y los jóvenes en los planes de desarrollo, lo cual es una realidad que debe cambiar de
manera inmediata.
He aquí el objetivo de la presente investigación: profundizar y determinar la importancia de la participación
democrática juvenil en el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible, a fin de llegar a establecer con
claridad los argumentos socio-jurídicos y políticos para evaluar su relevancia en el desarrollo social ecuatoriano.
Empleando las palabras de Ramiro Ávila Santamaría, definir la democracia no es solo un problema académi-
co, sino que es también un acto político, que tiene relación con los procesos electorales, ya que a través de la
democracia se logra que exista la participación social directa de los ciudadanos en la adopción de las decisiones
políticas. Por ello, para lograr el ejercicio profundo de participación, es necesaria la existencia del diálogo en
condiciones de igualdad y libertad, para lo cual necesariamente el Estado debe garantizar condiciones objetivas
para propiciar un proceso democrático justo, partiendo desde asumir de manera consiente por parte de la socie-
dad a los sujetos de derechos, pasando por la organización, hasta procesos por la exigibilidad de derechos elabo-
rados con los mejores argumentos, en beneficio de un colectivo Ávila, 2013, [1].
A partir de aquello podemos considerar a la democracia, como un procedimiento que tiene como objetivo la
toma de decisiones colectivas, considerada como un derecho humano de índole fundamental para la permanencia
del Estado, que trae consigo como consecuencia el control del ejercicio de los demás derechos políticos, que es-
tán considerados dentro del texto de la Constitución de la República del Ecuador y en los Instrumentos Interna-
cionales de los derechos humanos, que desencadena en el ejercicio del derecho al sufragio[2].
Cuando hablamos de democracia Schmitt [3], determina que la dominación y el gobierno no deben estar re-
gidas por la desigualdad entre los que dominan o gobiernan, ni en el hecho de que los gobernantes sean superio-
res o mejores que los gobernados, ya que el objetivo de la democracia consiste en que la mayoría de los ciudada-
nos sientan protegidos sus intereses a través de una igualdad innata que caracteriza al ser humano por su misma
condición.
Sin bien es cierto, los gobernantes pueden tener un papel protagónico o posición diferente de la figura que
representan los gobernados, sin embargo, esta posición nuca puede tener tintes de superioridad, ya que única-
mente debe reflejar la voluntad del pueblo, misma que debe ser expresada por sus representantes a través de su
mandato, [4].
La Constitución de la República del Ecuador del año 2008[5], define en su artículo primero que: “El Ecuador
es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, inter-
cultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. La
soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos
del poder público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución […]”; a través de este pre-
cepto constitucional, se puede identificar los lineamientos que los constituyentes quisieron implementar en lo
que refiere a la organización del país, especificándolo como un Estado social de derechos, con el fin de promo-
ver el beneficio de sus ciudadanos en un entorno en donde existe la preeminencia de lo establecido por el orde-
namiento jurídico., [5].