Neutrosophic Computing and Machine Learning {Número especial: Neutrosofía: Herramienta para
investigación y toma de decisiones en ambientes de indeterminación}, Vol. 30, 2023
Pablo E. Espinosa P, Byron J. Chulco L, Diego I. Chuncha V. Escala lingüística neutrosófica para la valoración
del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo
University of New Mexico
Escala lingüística neutrosófica para la valoración del
conocimiento sobre protección de datos personales
Neutrosophic linguistic scale for the assessment of
knowledge on personal data protection, importance and
Pablo Ermely Espinosa Pico
1
, Byron Javier Chulco Lema
2
, and Diego Israel Chuncha Villa
3
1
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato. Ecuador. E-mail: ua.pabloep80@uniandes.edu.ec
2
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato. Ecuador. E-mail: ua.byroncl97@uniandes.edu.ec
3
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato. Ecuador. E-mail: ua.diegocv01@uniandes.edu.ec
Resumen. La evolución tecnológica, así como la cuarta revolución industrial originaron cambios irreversibles en la dinámica
social, siendo resultado de estos la incontrolable producción de datos personales en todo lugar y momento. Esto ha conllevado
que se mantengan en bases de datos tanto públicas como privadas cantidades ingentes de información personal que puede ser
utilizada de diversas formas desde la investigación criminal hasta marketing comercial y electoral. El universo digital aun en
exploración y con poca regulación normativa necesita de forma urgente de una intervención legal integral en aras de proteger
derechos de relativo nuevo reconocimiento como el derecho a la protección de datos personales, derecho al olvido, derecho a la
rectificación. Se desarrolló una investigación descriptiva y transversal siguiendo las pautas de un enfoque mixto. Es por ello
que el objetivo de la presente investigación se orienta hacia: aplicar una escala lingüística neutrosófica para la valoración del
conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo. Para el estudio se utilizaron métodos y
técnicas del orden teóricos, empíricos y estadísticos matemáticos. Los resultados obtenidos luego de la Neutrosoficación de los
datos denotan validez y dejan abiertos a otras aristas de la problemática investigada.
Palabras clave: neutrosofía, datos personales, privacidad, intimidad
Summary. Technological evolution and the fourth industrial revolution have brought about irreversible changes in social dy-
namics, resulting in the uncontrollable production of personal data everywhere and at all times. This has led to the maintenance
in both public and private databases of enormous amounts of personal information that can be used in a variety of ways, from
criminal investigation to commercial and electoral marketing. The digital universe, still under exploration and with little nor-
mative regulation, urgently needs a comprehensive legal intervention in order to protect rights of relative new recognition such
as the right to the protection of personal data, the right to be forgotten, and the right to rectification. A descriptive and transver-
sal research was developed following the guidelines of a mixed approach. That is why the objective of the present research is
oriented towards: applying a neutrosophic linguistic scale for the assessment of knowledge on personal data protection, im-
portance and normative development. Theoretical, empirical and mathematical statistical methods and techniques were used
for the study. The results obtained after the Neutrosophication of the data denote validity and leave open to other edges of the
investigated problematic.
Keywords: neutrosophy, personal data, privacy, privacy, intimacy
importancia y desarrollo normativo.
regulatory development.
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investigación y toma de decisiones en ambientes de indeterminación}, Vol. 30, 2023
Pablo E. Espinosa P, Byron J. Chulco L, Diego I. Chuncha V. Escala lingüística neutrosófica para la valoración
del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo
1 Introducción
Las tecnologías de información y comunicación (TIC) se conciben como medios para el almacenamiento, re-
cuperación, proceso y comunicación de la información. En la actualidad existen varios instrumentos electrónicos
que se enmarcan en el concepto de las TIC, como son la televisión, el computador, el teléfono, o los videos; sin
embargo, los medios más representativos de la sociedad actual son aquellas aplicaciones informáticas que permi-
ten la difusión e intercambio de información, de forma más concreta el internet y las redes sociales de comunica-
ción, [1].
La comunicación humana ha pasado por un largo proceso evolutivo, partiendo del desarrollo del lenguaje
oral en los homínidos y la articulación de las primeras palabras, hace más de 50.000 años. Posteriormente se im-
plementó el lenguaje escrito que permitió una comunicación espacio-temporal entre el emisor y el receptor, la
acumulación y preservación de los conocimientos, sin embargo el lenguaje escrito era lento y en principio inac-
cesible para la mayoría de personas.
Debido a ello, el intelecto y desarrollo humano implementó la imprenta que permitió una amplia difusión del
lenguaje escrito con repercusiones en los ámbitos sociales, políticos y económicos. Con el desarrollo de los me-
dios electrónicos y la digitalización, se ha permitido crear espacios de comunicación totalmente nuevos, inde-
pendientes de entornos físicos, donde la información se sitúa en un lugar intangible denominado el ciberespacio,
por lo que dispone de la posibilidad de trasmitirse de forma casi instantánea y a nivel global, [2].
En la época contemporánea, los computadores y las TIC a más de utilizarse como herramientas en la ejecu-
ción de diversas actividades se conciben como un medio eficaz en la difusión e intercambio de información,
frente a ello, el uso de estos medios de comunicación es generalizado y amplio. No obstante, si bien los avances
tecnológicos relativos a las TIC y en especial al internet, han impulsado al comercio, la globalización y el desa-
rrollo del ser humano, la información que se comparte en estos medios, en muchos casos de índole privada, per-
sonal, confidencial o delicada, se ha vuelto un bien muy cotizado por compañías del mercado actual, así como de
delincuentes, [3].
Hoy en día, todo el mundo está conectado por el internet, todas las organizaciones, personas y corporaciones,
ofrecen sus productos y servicios a través de canales digitales, razón por la cual, el panorama digital es vasto y
difícil de controlar, no es de extrañar que el foro Económico Mundial considere a un fallo de ciberseguridad a
gran escala como uno de los riesgos más graves a los que se enfrenta la sociedad actual. Los ciber atacantes pue-
den tener un objetivo indiscriminado o altamente específico y atacar organizaciones del sector público o privado,
causando graves perjuicios, tanto a la información que guarda la organización como a la información de personas
consideradas como personal, [4].
Solo en América Latina, más del cincuenta por ciento de las personas están conectadas a internet, producto
de ello las sociedades de sus países se vuelven cada vez más tecnológicamente inteligentes. Pese a ello, el coste
de los delitos y ataques cibernéticos en este continente es de alrededor de 90 mil millones de dólares por año
(Lavinder, 2010). Así las cosas se hacían imprescindible la debida regulación del universo digital así como los
datos personales que se encuentran en el mismo.
En 2008, en Ecuador se aprobaría la Constitución de Montecristi, que en el artículo 66, numeral 19, reconoce
el derecho a la protección de datos de carácter personal, incluyéndose la garantía de su protección, así como al
acceso a la información de carácter personal, privado y/o reservado, para ello, la recolección, proceso, distribu-
ción, transmisión o archivo de esta clase de información requerirá el consentimiento previo de su titular o del
mandato expreso de la ley, [5].
A criterio de la autora Ojeda [6], algunos de los elementos que caracterizan al tratamiento normativo que se
le da en Latinoamérica, al derecho a protección de datos, son: asociación al derecho a la intimidad, libertad de in-
formación y derecho a la información; regulación a través de la aplicación directa del derecho o a través de ga-
rantías; dificultad para acceder a datos personales que constan en registros privados; limitación de mecanismos
para efectuar la modificación, rectificación y eliminación de datos personales; garantía al acceso a la información
personal, garantía de petición de información personal por medio de habeas data; y, evidente influencia de las
regulaciones efectuadas en Europa, sin muestra del apego requerido para efectuarse en el contexto de la realidad
social.
Este cambio de la realidad social ha modificado las formas de enfrentar los conflictos, nuevos delitos, otras
formas de negociación, sin contar que el conocimiento debe y se está ampliando hacia otras disciplinas jurídicas
como es el derecho digital, sea de manera directa o transversal. Para Bello [7] el derecho digital es aquel que
“combate la utilización ilegal de nuestros datos en el internet o redes, evitando la mala utilización de nuestra ubi-
cación que nos hace inermes al acoso, secuestros, robos económicos, robo de identidad, invasión de la privacidad,
cyberbullying, pharming, grooming, revenge porn, en fin, el cibercrimen”.
Esta evolución también ha creado nuevos derechos como es la desconexión digital que para Naranjo [8] “el
derecho que tienen los trabajadores a no desarrollar actividades por fuera de la jornada de trabajo, ni a ser con-
tactados por el empleador o sus representantes, a través de medios digitales o electrónicos; sin que su actitud ne-
gativa, pasiva y evasiva signifique consecuencias negativas o desaprobación alguna en el ámbito de la relación
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del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo
de trabajo”.
La modernidad y proliferación de los teléfonos celulares, más aún de los inteligentes o Smartphones que
aprovechan muy bien la mensajería, ha generado una conexión más directa entre el trabajador y el empleador,
dejando a cada uno de ellos en una permanente forma de localización inmediata, llegando a confundirse el hora-
rio laboral con el de las vacaciones y tiempo de descanso. Así lo dice Taléns [9] al afirmar que “el tiempo de tra-
bajo pagado y el tiempo de trabajo de «consumo» no pagado se confunden y que todo ello difumina los rge-
nes del concepto y la medición de la jornada de trabajo”.
Este problema ha llevado a otro, que es el aparecimiento de enfermedades profesionales psicosociales como
el tecnoestrés que no es otra cosa que “un estrés específico derivado de la introducción y uso de nuevas tecnolo-
gías en el trabajo, que conlleva efectos psicosociales negativos derivados del uso de las tecnologías de la infor-
mación y comunicación [TIC]” [10].
Otro concepto es el de “protección jurídicaque para Deverda [11] en términos generales es “un bien jurídico
constitucionalmente protegido, que debía ser tutelado por el Estado, el cual ha de establecer un sistema legal para
dicha defensa y una protección efectiva de la misma”. La protección jurídica es aplicable a muchos bienes jurídi-
cos, pueden ser bienes materiales o inmateriales, puede ser a la familia, como a los derechos de autor, en defini-
tiva, es garantizar el cumplimiento de un mandato jurídico o preveniente de la ley basada en los derechos consti-
tucionales e internacionales.
Para el caso de la protección jurídica de datos personales, Saltor [12] afirma que “es obligación del Estado el
velar por los registros de datos los cuales deben ser obtenidos y usados de forma exclusiva con apego a la ley,
con el cuidado de mantener la fidelidad de los datos, respetando la prohibición de proveer datos personales sin
previo consentimiento del interesado o en casos que encuadren en excepciones especiales”. Así la protección ju-
rídica primeramente deberá estar a cargo del Estado y con base en los derechos constitucionales, los cuales debe-
rán tener la amplitud suficiente para amparar el bien jurídico protegido y evitar su desprotección.
En materia relativa al derecho a la intimidad y la protección de información personal, la Corte Constitucional
del Ecuador mediante la Sentencia No. 1-14-PJP-CC ha señalado que la autodeterminación informativa esta su-
pedita a la existencia de información relativa a un sujeto determinado y que este tenga una esfera mínima de ac-
tuación libre respecto a dicha información, por lo cual no debe existir una interferencia ilegitima por parte de ter-
ceros. Por otra parte, la Corte considera que el titular de la información debe tener la posibilidad, dentro de los
límites demarcados por la Constitución y la ley, para ejercer cierto control sobre el uso que se haga de tal infor-
mación, aunque el poseedor de la misma sea otra persona. La autodeterminación informativa como parte integral
del derecho a la protección de datos de carácter personal, implica de forma necesaria, la necesidad de otorgar una
garantía a la protección a la intimidad de otras personas, así como la posibilidad a cargo del titular de ejercer
control sobre sus datos de carácter personal, aunque estos no se encuentren en su poder [13-24].
De acuerdo con el autor Luis Ordóñez Pineda, en virtud, de los estudios y lineamientos efectuados por la
OEA para afianzar una legislación interamericana sobre protección de datos, en especial la Propuesta de declara-
ción de principios de privacidad y protección de datos personales en las Américas, así como, del acuerdo comer-
cial firmado entre Ecuador y la Unión Europea en 2016, el país ha sido instado en adoptar un marco jurídico ho-
mogéneo en relación al flujo trasfronterizo de información, así como a la protección de información personal en
calidad de derecho fundamental.
En Latinoamérica gran parte del mérito, respecto a la constitucionalización de los derechos relativos a la in-
formación personal y su protección, lo tienen las declaraciones emanadas por la Organización de Estados Ameri-
canos y sus órganos, en materia de derechos humanos, de entre ellas es menester resaltar a la Convención Ame-
ricana sobre Derechos Humanos, misma que en su artículo 11 dispone que toda persona tiene el derecho a la pro-
tección por medio de la aplicación de la ley, en contra injurias infundadas de forma arbitraria y/o abusiva efec-
tuadas en su contra, en relación a su vida personal, así como ataques a su reputación y honra [14-25].
No obstante y de acuerdo con los autores Ramírez, González y Gayo [15], el desarrollo jurisprudencial inter-
americano tiene mayor relevancia respecto al derecho de las personas a una vida privada o intimidad, que en re-
lación al derecho de protección de datos de carácter personal, esto es debido a la propia antigüedad de los ins-
trumentos internacionales y de los organismos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)
y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en la actualidad no se han efectuado un pro-
nunciamiento a forma de sugerencia o recomendación, respecto al derecho de la protección de datos de carácter
personal, esto a pesar, de que muchos de los países miembros de la OEA han adoptado en sus legislaciones in-
ternas, el derecho ya mencionado.
Sobre los argumentos antes expuestos se formula el siguiente objetivo: aplicar una escala lingüística neutro-
sófica para la valoración del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo norma-
tivo.
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del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo
2 Materiales y métodos
En este estudio se parten de los postulados de Una investigación transversal, también conocida como estudio
de corte transversal o estudio de prevalencia, es un tipo de diseño de investigación en el que se recopilan datos
en un solo punto en el tiempo. A diferencia de los estudios longitudinales, donde se realiza un seguimiento de los
mismos individuos o grupos a lo largo del tiempo, en una investigación transversal, se recopila información de
diferentes individuos o grupos en un momento específico.
En el diagrama 1 se presentan los momentos asumidos para la investigación transversal. Los mismos se en-
cuentran en correspondencia con los criterios de investigadores de la comunidad científica internacional, tales
como [16-26], [17-27].
Diagrama 1. Lógica seguida para la investigación transversal
Sobre los argumentos antes planteados se presentan los métodos y técnicas tenidas en cuenta. Estos se agru-
pan en teóricos, empíricos y matemáticos estadísticos. A continuación se explicitan cada uno de ellos.
Teóricos
Analítico-sintético: permitió realizar un estudio acerca de los fundamentos teóricos y metodológicos que sus-
tentan la valoración del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo.
Se empleó para la sistematización, generalización y concreción de la información procesada. Fue útil en la inter-
pretación de la información empírica obtenida, así como en la elaboración de la propuesta.
Inductivo-deductivo: posibilitó hacer inferencias y generalizaciones de la valoración del conocimiento sobre
protección de datos personales importancia y desarrollo normativo, así como la interpretación de los datos obte-
nidos, a partir de las cuales se deducen nuevas conclusiones lógicas.
Empíricos
Observación científica participante: fue empleada para realizar la observación directa al conocimiento sobre
protección de datos personales importancia y desarrollo normativo, a través de una percepción inmediata del
mismo, lo que posibilitó conocer la realidad rápidamente y se utilizó durante el proceso de la investigación.
Encuesta: Fue realizada al 100% de los integrantes de la muestra en estudio, pues este fue el instrumento uti-
lizado para la valoración de los profesores universitarios sobre el conocimiento sobre protección de datos perso-
nales importancia y desarrollo normativo.
Estadísticos y matemáticos
Durante el estudio se utilizaron elementos de la estadística descriptiva, como: la distribución de frecuencias
absolutas y relativas.
2.1 Población y muestra
Se empleó la estadística neutrosófica para el cálculo de la población. Como se conoce la población total cal-
cula la mediante la siguiente expresión, donde a continuación se presentan sus interpretaciones.
p = proporción aproximada de la temática estudiada en la población de referencia q = proporción de la pobla-
ción de referencia que no presenta la temática en estudio (1 -p). El nivel de confianza deseado (Z). Indica el gra-
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del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo
do de confianza que se alcanzará el valor verdadero del parámetro en la población se encuentre en la muestra
calculada. La precisión absoluta (d).
Es la amplitud deseada del intervalo de confianza a ambos lados del valor real de la diferencia entre las dos
proporciones (en puntos porcentuales). N es tamaño de la población.
En este caso de desea un nivel de confianza entre un 95 y 99%, z= [1.645, 1.96], d= [0.05, 0.1] y p
=[0.4,0.44], N=40. El resultado al que denominamos muestra neutrosófica n= [10.1, 30.6] indica que la muestra
debe estar en valores entre 10 y 31 individuos.
Se seleccionaron 21 profesiones de varias áreas de la Universidad Autónoma de los Andes con sede de Am-
bato. Su selección fue mediante la técnica de tómbola, por lo que todos los sujetos tenían la misma posibilidad de
ser elegidos. Además, firmaron el consentimiento informado según los postulados de la declaración de Helsinki.
2.2 Método neutrosófico
En esta investigación se parte del enfoque neutrosófico que según varios investigadores, la neutrosofía
como ya fue abordado fue propuesta por y Smarandache [16] para el tratamiento de la
neutralidades. Esta ha formado las bases para una serie de teorías matemáticas que generalizan las teorías
clásicas y difusas tales como los conjuntos neutrosóficos y la lógica neutrosófica [16].
Para el desarrollo de la presente investigación se aplica una escala Likert neutrosófica, donde los valores
en consideración estén compuestos P A (x), I A (x), N A (x), donde P A (x) denota una pertenencia positiva, I A
(x) es indeterminada, y N A (x) es negativa. El profesional que forma parte de la muestra puede evaluar la perte-
nencia de conocimiento respecto a esta problemática según sus criterios de satisfacción a los cinco conjuntos.
Esta escala se emplearon números neutrosóficos de valor único (SVNS por sus siglas en inglés) [16],
[17]. Para nuestro caso de estudio se tiene a como el universo de discurso. Un SVNS sobre el cual es un objeto
con la siguiente forma [18-28], [19-29].
Donde Con para todo x
El intervalo representa las membresías a verdadero, indeterminado y falso de x en
A, respectivamente. Por cuestiones de conveniencia un número SVN será expresado como A, donde a, b, c [0,1],
y +b +c ≤ 3.
Tabla 1. Términos lingüísticos de la escala
Término lingüísti-
co
Números
SVN
Puntuación
Muy Bien (MB)
(1,0,0)
1
Bien (B)
(0.70,0.25,0.
30)
0,5
Regular (R)
(0.50,0.50,0.
50)
0
Mal (M)
(0.30,0.75,0.
70)
-0.5
Muy Mal (MM)
(0,1,1)
-1
Sea A = (T, I, F) un número neutrosófico de un solo valor, una función de puntuación S relacionada con un
valor neutrosófico de un solo valor, basada en el grado de pertenencia a la verdad, el grado de pertenencia a la
indeterminación y el grado de pertenencia a la falsedad se define por: (4)
La función de puntuación para conjuntos neutrosóficos de un solo valor se propone para hacer la distinción
entre los números.
Su algoritmo de ejecución explota básicamente la noción de medidas de distancia entre dos entidades cuales-
quiera, y en base a ello se forman los conglomerados. La fórmula de la distancia más comúnmente utilizada para
estos valores es la euclidiana:
3 Resultados y discusión
En este apartado se presentan los resultados obtenidos de la encuesta aplicada. Los mismos serán descritos a
continuación.
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del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo
Pregunta 1. Como valoran ustedes su conocimiento sobre conocimiento sobre la protección de datos personales
Gráfico 1. Resultados de la pregunta 1 de la encuesta
Los resultados de la pregunta 1 se visualizan en el gráfico de igual número. Donde 6 de ellos para un 28,5%
optaron por la categoría de muy bien máxima de esta escala, Por otra parte, la de bien fue seleccionada por 10
profesionales para un 47,6%. La de regular por un 19,1 y la de mal solo 1 para 4,7. Es imperante resaltar que
ninguno de los integrantes de la muestra seleccionó la categoría de muy mal.
Pregunta 2. Como valoran ustedes su conocimiento sobre la importancia y desarrollo normativo de la protección
de datos personales
Gráfico 2. Resultados de la pregunta 2 de la encuesta
En el gráfico 2 se visualizan los resultados de la pregunta 2 de la encuesta aplicada. Donde sus resultados son
similares a los de la pregunta anterior. Pues la categoría muy bien fue marcada por 8 profesionales para un
38,1%. Mientras que la de bien lo hicieron la mayor cantidad de integrantes de la muestra en estudio. La de regu-
lar fue seleccionada por 5 para un 23,9% y la de mal solo 1 integrante para un 4,7%. La categoría muy mal no
fue seleccionada por ningún profesional. Estos resultados develan el nivel de consenso respecto a las preguntas
valoradas. Lo cual le ofrece pertinencia a los resultados obtenidos.
4 Discusión
En cuando a temas relativos al derecho a la vida privada o intimidad, la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, mediante el pronunciamiento de carácter vinculante efectuado en el caso Masacres de Ituango vs. Co-
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del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo
lombia, ha manifestado que el derecho a la privacidad se caracteriza por la garantía de protección ante invasiones
o intromisiones de carácter agresivo y arbitrario, ejecutadas por parte de terceros mal intencionados o de la auto-
ridad de carácter público, además señala que las indiscreciones o intromisiones efectuadas en el ámbito de la vi-
da personal de terceros, para que puedan ser consideradas como lícitas deben: estar positivizadas en un cuerpo
normativo, perseguir un fin legítimo y su aplicación con relación al objeto perseguido debe ser necesaria, idónea
y proporcional, [20-30].
Una de las resoluciones más importantes que ha emitido la Corte Interamericana de Derechos Humanos con
relación al derecho a la vida privada, concierne al Caso Artavia Murillo y Otros vs. Costa Rica, en esta contro-
versia, la Corte mediante la adopción de criterios provenientes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se-
ñaló que la protección al derecho a la vida privada y/o intimidad personal y familiar, implica una serie de ele-
mentos que se relacionan directamente con la dignidad inherente a todo ser humano, tanto como en la capacidad
de toda persona para desarrollar y moldear su propia personalidad y aspiraciones. El derecho a la vida privada es
determinante en la capacidad que tiene el individuo para desarrollar su autonomía personal y la forma en la que
se proyecta ante los demás, indispensable en el desarrollo de la personalidad ([21]
Por otra parte, el Comité Jurídico Interamericano en calidad de organismo consultivo sobre asuntos jurídicos
de la OEA, ha considerado que cada sistema legal interno debe adoptar e implementar políticas claras, efectivas
de apertura y trasparencia relacionadas con los datos personales e información personal, en virtud a ello, en 2015
elaboró la Propuesta de declaración de principios de Privacidad y Protección de Datos Personales en las América,
[22].
Además de los principios mencionados el Comité Jurídico Interamericano considera importante que la legis-
lación interna implemente políticas y leyes que permitan: mantener actualizada la información personal, permitir
a los titulares solicitar el acceso a su información a fin de que puedan autorizar su modificación, corrección o
eliminación y comprometer a las entidades y/o personas encargadas de la recolección y salvaguarda de informa-
ción, para adoptar medidas concernientes al cumplimiento de los principios antes mencionados [22].
En Ecuador, gracias a la promulgación de la Constitución de 2008, se dio importante avance en el reconoci-
miento e incorporación del derecho a la protección de datos personales, en ella se reconoce como un derecho de
libertad asociado a la autodeterminación informativa o informática. Aunque existen otras normativas concernien-
tes al tema como lo es la Ley de Comercio Electrónico, Ley Orgánica de Telecomunicaciones, Ley Orgánica de
Comunicación y Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos [23], por lo que se hacía necesario una
ley con carácter general que otorgue un tratamiento al amparo de información personal que sea restringida y/o
reservada y garantice de manera efectiva la protección de datos personales acorde a la necesidad social del mun-
do moderno.
Conclusiones
La modernización y el avance tecnológico en donde los datos se han convertido en el nuevo oro digital, han
ocasionado que sea casi imposible de controlar y monitorizar en su totalidad el mundo digital. Por lo que un fallo
de ciberseguridad a gran escala actualmente está considerado como un riesgo gravísimo para la sociedad. De esta
manera es imprescindible avanzar rápidamente en la debida regulación del universo digital y en especial de los
datos personales.
Mundialmente se ha venido avanzando en el desarrollo de normativa referente la protección de datos perso-
nales desde las primeras leyes alemanas que reconocieron la autodeterminación informativa, hasta el moderno
Reglamento General de protección de Datos Personales. El mismo es la inspiración para la Ley Orgánica de Pro-
tección de Datos Personales de Ecuador, que sin duda es un gran avance en materia regulatoria en este ámbito.
La interpretación de los resultados, mediante el un análisis neutrosófico descriptivo e inferencial permite
identificar el nivel de validez de los resultados obtenidos en la muestra seleccionada. Pues se obtuvo un elevado
nivel de consenso entre los integrantes de la muestra en estudio.
Referencias
[1] C Belloch. Las Tecnologías de la Información y Comunicación en el aprendizaje. Valencia: Departamento de Méto-
dos de Investigación y Diagnóstico en Educación. Universidad de Valencia, 2012
[2] B Poole. Tecnología Educativa: Educar para la sociocultura de la comunicación y del conocimiento. Madrid:
McGraw-Hill, 1999
[3] S Acurio Del Pino. Delitos Informáticos: Generalidades . Quito: Pontificia Universidad Catolica del Ecuador, 2010
[4] J Acosta. Recuperando la ciberseguridad: prepárese paraenfrentar los ataques cibernéticos. Sevilla: Universidad de
Sevilla, 2018
[5] Asamblea Constituyente. Constitucion de la Republica del Ecuador 2008. Quito: Registro Oficial 449 de 20-oct, 2008
[6] Ojeda, Z. El derecho a la protección de datos personales desde un análisis histórico-doctrinal. Tla-Melaua, revista de
Ciencias Sociales, 58-70, 2015
196
Neutrosophic Computing and Machine Learning {Número especial: Neutrosofía: Herramienta para
investigación y toma de decisiones en ambientes de indeterminación}, Vol. 30, 2023
Pablo E. Espinosa P, Byron J. Chulco L, Diego I. Chuncha V. Escala lingüística neutrosófica para la valoración
del conocimiento sobre protección de datos personales importancia y desarrollo normativo
[7] A Bello. Derecho digital en las redes. México: Instituto Nacional de Ciberseguridad, 2019
[8] L Naranjo. Vicisitudes del nuevo derecho a la desconexión digital: Un análisis desde la base del derecho laboral. Bo-
gotá: Universidad Autónoma de Colombia, 2017
[9] E Taléns. El derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral. Valencia: Universitat de València, 2019
[10] Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. ¿Qes el tecnoestrés? Obtenido de https://www.insst.es/-/-
que-es-el-tecnoestres, 2020
[11] J Deverda. La protección jurídica del concebido en el derecho español. La Rioja: UNIR, 2016
[12] C Saltor. La protección de datos personales: Estudio comparativo Europa - América con especial análisis de la situa-
ción argentina. Madrid: Universidad Complutense de Madrid, 2013
[13] Sentencia No. 1-14-PJP-CC , Corte Constitucional (23 de Abril ), 2014
[14] OEA. Convención Americana de Derechos Humanos. San José: Organización de Estados Americanos, 1969
[15] M Ramírez, J. González & M Gayo. Protección de datos personales, privacidad y vida privada: la inquietante bús-
queda de un equilibrio global necesario. Revista de Derecho (Valdivia), 77-96, 2017.
[16] F Smarandache. Of Neutrosophic Numbers. Critical Review, Vol. 13, 2016. 13: p. 103, 2016
[17] F Smarandache. On Multi-Criteria Decision Making problem via Bipolar Single-Valued Neutrosophic Settings. Neu-
trosophic Sets & Systems, 2019.
[18] F Smarandache, A Unifying Field in Logics: Neutrosophic Logic. Philosophy, 1999
[19] F Smarandache. A Unifying Field in Logics: Neutrosophic Logic. Neutrosophy, Neutrosophic Set, Neutrosophic
Probability: Neutrsophic Logic. Neutrosophy, Neutrosophic Set, Neutrosophic Probability. 2005
[20] Caso Masacres de Ituango vs. Colombia. Corte Interamericana de Derechos Humanos 1 de Junio, 2006.
[21] Caso Artavia Murillo y Otros vs. Costa Rica. Corte Interamericana de Derechos Humanos 28 de Noviembre, 2006
[22] Comité Jurídico Interamericano. Propuesta de declaración de principios de Privacidad y Protección de Datos Persona-
les en las América. México, D.F: OEA, 2012
[23] L Ordóñez. La protección de datos personales en los estados que conforman la Comunidad Andina: estudio compara-
do y precisiones para un modelo interamericano de integración. FORO Revista de Derecho, 85-114, 2017
[24] Estupiñan Ricardo, J., Romero Fernández, A. J., & Leyva Vázquez, M. Y. ¨Presencia de la investigación científica en
los problemas sociales post pandemia¨. Conrado, vol 18 núm 86, pp 258-267, 2022.
http://scielo.sld.cu/pdf/rc/v18n86/1990-8644-rc-18-86-258.pdf
[25] Estupiñán Ricardo, J., Leyva Vázquez, M. Y., Marcial Coello, C. R., & Figueroa Colin, S. E. ¨Importancia de la pre-
paración de los académicos en la implementación de la investigación científica¨. Conrado, vol 17 núm 82, pp 337-
343, 2021. http://scielo.sld.cu/pdf/rc/v17n82/1990-8644-rc-17-82-337.pdf
[26] Ramos Sánchez, R. E., Ramos Solorzano, R. X., & Estupiñán Ricardo, J. ¨La transformación de los objetivos de desa-
rrollo sostenible desde una dinámica prospectiva y operativa de la Carrera de Derecho en Uniandes en época de incer-
tidumbre¨. Conrado, vol 17 núm 81, pp 153-162, 2021. http://scielo.sld.cu/pdf/rc/v17n81/1990-8644-rc-17-81-
153.pdf
[27] Falcón, V. V., Quinapanta, M. D. R. A., Villacís, M. M. Y., & Ricardo, J. E. ¨Medición del capital intelectual: Caso
hotelero¨. Dilemas Contemporáneos: Educación, Política y Valores, 2019.
[28] Leyva Vázquez, M. Y., Viteri Moya, J. R., Estupiñán Ricardo, J., & Hernández Cevallos, R. E. ¨Diagnosis of the
challenges of post-pandemic scientific research in Ecuador¨. Dilemas contemporáneos: educación, política y valo-
res, vol 9 núm (spe1), 2021. https://www.scielo.org.mx/pdf/dilemas/v9nspe1/2007-7890-dilemas-9-spe1-00053.pdf
[29] Gómez, G. A. Á., Vázquez, M. Y. L., & Ricardo, J. E. ¨Application of Neutrosophy to the Analysis of Open Gov-
ernment, its Implementation and Contribution to the Ecuadorian Judicial System¨. Neutrosophic Sets and Sys-
tems, vol 52, pp 215-224, 2022.
[30] Estupiñán Ricardo, J., Martínez Vásquez, Á. B., Acosta Herrera, R. A., Villacrés Álvarez, A. E., Escobar Jara, J. I., &
Batista Hernández, N. ¨Sistema de Gestión de la Educación Superior en Ecuador. Impacto en el Proceso de Aprendi-
zaje¨. Dilemas Contemporáneos: Educación, Política y Valores, 2018.
https://dilemascontemporaneoseducacionpoliticayvalores.com/index.php/dilemas/article/view/321/808
Recibido: Septiembre 26, 2023. Aceptado: Octubre 23, 2023
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