Los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (SAPD o Drones) o Remotely Piloted Aircraft Systems
(RPAs), conocidos coloquialmente como Drones, se originan de la palabra inglesa “Drone” que significa zán-
gano, nombrados de esta manera por el sonido que hacen sus motores y que se asemejan a las abejas, se los em-
plea con fines recreativos, comerciales, profesionales y militares, su origen se rastrea al año 1849 [1].
Los drones en Ecuador están regulados por la Dirección General de Aeronáutica Civil, Resolución N°
DGAC-DGAC-2020-0110-R, Reglamento para la Operación de Aeronaves Operadas a Distancia (RPA), [2]
emitida el 4 de noviembre de 2020, dicha normativa establece que los drones no podrán ser utilizado en aero-
puertos, operar cerca de helipuertos, áreas invisibles, áreas de seguridad nacional. Además, los dispositivos de-
ben estar registrados en la Administración de Aviación Civil de China y contar con un seguro de daños para ope-
rar, que puede oscilar entre $3.000 y $12.000 dependiendo del peso del dron, que opera a una altura máxima de
122 metros del suelo. El tiempo para permitir su funcionamiento es entre el amanecer y el atardecer y aprovechar
las condiciones climáticas adecuadas.
En el Ecuador, la fácil adquisición de estos aparatos tecnológicos los ha convertido en los más apetecidos por
la población civil sin importar los usos que de estos puedan derivar. Los actuales usos del dron son muy variados,
desde servicios de video y fotografía, seguimiento, geolocalización, cine, videovigilancia, servicios agrícolas,
servicios de entregas, incluso armas no tripuladas, etc.
El Ecuador no es ajeno a la adopción de los avances tecnológicos propuestos por la comunidad internacional,
y en los últimos años se han producido nuevas incorporaciones al espacio aéreo ecuatoriano, la llegada de las ae-
ronaves no tripuladas o drones, los cuales están disponibles fácilmente gracias a la normativa vigente, convir-
tiéndose en uno de los equipos técnicos más apetecibles y vendidos en suelo ecuatoriano. Estos artefactos al estar
equipados con potentes motores y hélices pueden ascender al espacio aéreo sin ningún problema, ofreciendo in-
numerables posibilidades y generando múltiples usos, tanto en beneficio como en perjuicio de las personas.
La problemática radica en la vulneración de los derechos a la intimidad, privacidad y protección de datos per-
sonales, considerando que en la actualidad la legislación ecuatoriana permite libremente la adquisición y uso de
drones con capacidad audiovisual. La regulación actual se enfoca principalmente en los requisitos técnicos y
operativos para la operación de drones, pero no aborda de manera clara y específica temas como la intimidad,
privacidad y protección de datos personales, al emplear drones para fotografiar, dar seguimiento, grabar videos o
detectar por geolocalización personas, está generando de manera directa la vulneración de los derechos antes
mencionados y que se encuentran recogidos en el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, por
cuanto las imágenes o videos en la mayoría de los casos son captadas sin el consentimiento de quienes en ellas
aparecen, y pueden ser empleadas para causar daño a los ciudadanos.
Sobre la base de los argumentos antes planteado se formula como objetivo: realizar un análisis estadístico
neutrosófico sobre el uso de drones y los derechos a la intimidad, privacidad y protección de datos personales.
2 Materiales y métodos
En el presente artículo se utilizó el enfoque cuali-cuantitativo, lo que permitió examinar elementos doctrina-
les y normativos sobre el hecho específico estudiado a fin de obtener resultados acerca de una situación concreta.
Habrá de realizarse el análisis de las áreas que causan conflicto actualmente dentro del Reglamento de Aerona-
ves Pilotadas a Distancia y se propone un documento de análisis crítico jurídico, permitió definir variables rela-
cionadas al manejo de drones por la comunidad, según el criterio jurídico de los encuestados con el fin de fo-
mentar el uso adecuado de estos artefactos de tal manera que no exista la posibilidad de vulnerar derechos como
son la intimidad, privacidad y protección de datos personales.
Los métodos utilizados Histórico – Lógico, Analítico – Sintético, Inductivo – Deductivo, permitió: conocer
como la tecnología y sus constantes avances facilitan ciertas necesidades humanas, y otras nos brindan una va-
riedad de entretenimientos, los drones dan la oportunidad de ver las cosas desde un punto de vista privilegiado
con pocas restricciones por lo que este estudio se centrará en analizar la evolución que han tenido los drones con
el pasar de los años y la reglamentación aplicable a su adquisición, gracias a la información obtenida, se proce-
derá a elaborar el correspondiente documento de análisis crítico jurídico; descomponer el objeto de estudio, que
son los drones y separarlo en partes independientes para analizar los factores intervinientes en su reglamentación,
con respecto a su adquisición y uso, además de cómo estos afectan derechos fundamentales como son la intimi-
dad, privacidad y protección de datos personales; y, analizar la reglamentación ecuatoriana vigente correspon-
diente a los drones o aeronaves no tripuladas y sus referentes teóricos para determinar los indicadores que permi-
ten la vulneración de los derechos a la intimidad, privacidad y protección de datos personales.
La técnica utilizada fue la encuesta debido a la naturaleza de investigación se encuestó a los abogados de li-
bre ejercicio del cantón Guaranda ya que son la población que tiene un amplio conocimiento en el tema de dere-
chos.
Con el cálculo realizado se obtuvo que el tamaño de la muestra es de 94 encuestas, además se realizó un aná-
lisis bibliográfico en artículos de revistas científicas, publicaciones de Entidades Gubernamentales, libros que
permitieron tener una información más actualizada de objeto de estudio.