Neutrosophic Computing and Machine Learning, Vol. 31, 2024
Jeannette A. Urrutia G, Diego P. Gordillo C, Matías J. Chicaiza F, Emily N. Paredes C. Método neutrosófico mul-
ticriterio para determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los ni-
ños, niñas y adolescentes
University of New Mexico
Método neutrosófico multicriterio para determinar preva-
lencia del trabajo infantil y la vulneración de los dere-
chos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.
Neutrosophic multicriteria method to determine the prev-
alence of child labor and the violation of the fundamental
rights of children and adolescents.
Jeannette Amparito Urrutia Guevara
1
, Diego Patricio Gordillo Cevallos
2
, Matías Josué Chicai-
za Flores
3
, and Emily Nicole Paredes Cisneros
4
1
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato. Ecuador. E-mail: ua.jeannetteurrutia@uniandes.edu.ec
2
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato. Ecuador. E-mail: ua.diegogordillo@uniandes.edu.ec
3
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato. Ecuador. E-mail: matiascf34@uniandes.edu.ec
4
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato. Ecuador. E-mail: da.emilynpc15@uniades.edu.ec
Resumen. La abolición del trabajo infantil está estipulado en varios artículos de diferentes cuerpos legales: Art. 138 de la Or-
ganización Internacional del Trabajo (OIT), menciona sobre la abolición del trabajo infantil; Art. 46, #2 de la Constitución de
la República del Ecuador (CRE) establece que se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas
de erradicación progresiva del trabajo infantil; así como también el Art. 83 del Código de la niñez y adolescencia (CNA), rati-
fica la erradicación del trabajo infantil. La presente investigación propone un método neutrosófico multicriterio para determi-
nar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. Adicio-
nalmente se aplican instrumentos de investigación que permitieron obtener información sobre la proliferación el trabajo infantil
a través de una guía de cuestionario, así como el desarrollo de una investigación cuantitativa de diseño teórico de tipo socio ju-
rídico y diseño pre-experimental, que permitirá contribuir con la propuesta de socializar las normativas y/o alternativas jurídi-
cas para que se sancione de manera efectiva a quienes abusen de contratar a menores de quince años.
Palabras Claves: todo neutrosófico multicriterio; trabajo infantil; derechos de los niños, niñas y adolescentes; violencia in-
fantil
Summary. The abolition of child labor is stipulated in several articles of different legal bodies: Art. 138 of the International
Labor Organization (ILO), mentions the abolition of child labor; Art. 46, #2 of the Constitution of the Republic of Ecuador
(CRE) establishes that the work of minors under fifteen years of age is prohibited, and policies for the progressive eradication
of child labor will be implemented; as well as Art. 83 of the Code of Children and Adolescents (CNA), ratifies the eradication
of child labor. This research proposes a multi-criteria neutrosophic method to determine the prevalence of child labor and the
violation of the fundamental rights of children and adolescents. Additionally, research instruments are applied that allowed ob-
taining information on the proliferation of child labor through a questionnaire guide, as well as the development of a quantita-
tive research of theoretical design of a socio-legal type and pre-experimental design, which will allow contributing to the pro-
posal to socialize regulations and/or legal alternatives so that those who abuse hiring minors under fifteen years of age are ef-
fectively sanctioned.
Keywords: multi-criteria neutrosophic method; child labor; rights of children and adolescents; child violence
1 Introducción
Los niños, niñas y adolescentes que se someten al trabajo a tempranas edades son víctimas de violencia de
todo tipo, esto ocurre diariamente ya que su modo de subsistir y generar ingresos es mediante el trabajo. Esta es
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ños, niñas y adolescentes
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una realidad inaceptable, ya que hoy en día millones de niños en todo el mundo, algunos de ellos a una corta
edad de tan solo cinco años, trabajan para obtener un sustento para mismos y para sus familias. Sin embargo,
existen progresos, los mismos que alientan a renovar el compromiso hacia el fin del trabajo infantil[1-46]. La
creación de nexos, la elaboración de estrategias efectivas que puedan lograr romper el ciclo de la pobreza, el cual
es el factor básico, o prioritariamente único por el cual se genera el trabajo infantil.
En la actualidad, la idea de muchos padres de familia sobre que sus hijos tengan una educación decente, y las
de los propios niños en el mismo sentido, seguirán siendo sueños irrealizables. Muchos niños y niñas no tienen la
posibilidad de acudir a la educación. Algunos tratan de combinar la educación y trabajo, pero con demasiada fre-
cuencia, deben abandonar la educación antes de tener la capacidad legal como es la mayoría de edad cumplida
para acceder a un trabajo siendo este motivo por el cual se denominan en “niños trabajadores”.
Consecuentemente, la falta de educación aumenta las probabilidades de que a temprana edad optaron por
buscar un medio de subsistencia a través del trabajo que consiguen de manera ilegal, con empleos poco remune-
rados e inseguros, sin las bases y fuentes jurídicas del derecho al trabajo juvenil y la inapropiada contratación
verbal a los niños, niñas y adolescentes que cuando alcance su vida adulta es probable que se conforme con un
empleo medio y sin las normas pertinentes al trabajo, pues está acostumbrado a recibir un ingreso mínimo que le
permita subsistir. Esto se desprende la gran posibilidad de que vivan sumidos en una vida de pobreza económica
y mental, y a partir de esto, sus propios hijos pueden compartir el mismo destino [1-47].
A inicios del siglo XX, según algunos autores revisados para fundamentar esta investigación, los países que
ya estaban industrializados no tenían normas de protección para los menores, es decir para los niños, niñas y
adolescentes que a menudo, los niños trabajaban con personas adultas en condiciones insalubres e inseguras [2-
48]. El aumento descontrolado y desproporcionado de la injusticia que entrañaba esta situación, producto de una
comprensión más profunda de las necesidades de desarrollo de los niños, llevó a la creación de un movimiento
para proteger a los mismos de una mejor manera [3-49].
En 1924, la Sociedad de Naciones aprobó la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño, la cual fue
elaborada por Eglantyne Jebb, misma que fue fundadora de Save the Children Fund. La Declaración expresa que
todas las personas deben reconocer el derecho de los niños a contar con los medios necesarios para su desarrollo,
a recibir ayuda especial en épocas de necesidad, a tener prioridad en las actividades de socorro, a gozar de liber-
tad económica y protección contra la explotación, y a acceder a una educación que infunda conciencia social y
sentido del deber.
En 1946, la Asamblea General de las Naciones Unidas creó el Fondo Internacional de Emergencia para la In-
fancia, UNICEF, centrado exclusivamente en los niños de todas las partes del mundo, después de 2 años, la
misma Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en su artículo 25 el derecho a cuidados y asistencias
especiales hacia las madres y los niños, así como también a la “protección social”.
Después de varios años, precisamente en 1973, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aprobó la
Convención 138, la cual estipulaba que la edad mínima para desempeñar trabajos que podrían ser peligrosos para
la salud, la seguridad o la moral de las personas debía ser la de 18 años. La OIT aprobó en 1999 el Convenio so-
bre las Peores Formas de Trabajo Infantil, la cual exige la inmediata prohibición y eliminación de cualquier for-
ma de trabajo que pueda perjudicar la salud, la seguridad o la moral de los niños [4-50]. La eliminación de las
peores formas de trabajo infantil ha pasado a ser una prioridad urgente de la acción nacional e internacional para
combatir la explotación laboral infantil. A lo largo de su existencia, la OIT se ha basado en la estipulación de la
edad mínima de admisión al empleo como criterio para definir y reglamentar el trabajo infantil.
El Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil - IPEC, por sus siglas en inglés, una ini-
ciativa de cooperación técnica dedicada exclusivamente a prevenir y combatir el trabajo de los menores, con el
objetivo principal de impulsar el proceso de la eliminación del trabajo infantil a través de acciones conjuntas con
gobiernos, organizaciones de empleadores, trabajadores, organizaciones no gubernamentales y otros grupos so-
ciales.
El primer Convenio sobre el trabajo infantil se adoptó en 1919, en la primera reunión de la Conferencia In-
ternacional del Trabajo, el Convenio sobre la edad mínima prohíbe el trabajo de niños menores de 14 años en es-
tablecimientos industriales. Después, se han adoptado diversos convenios que regulan las edades mínimas para el
empleo de mano de obra infantil en diferentes sectores como la agricultura, trabajo marítimo, trabajos no indus-
triales, pesca y trabajo subterráneo.
La mayor parte de niños, niñas y adolescentes trabajan en la agricultura, otros al trabajo doméstico, esto con-
lleva a que las niñas menores de 16 años sean explotadas laboralmente en estos casos en todo el mundo. Tam-
bién se los encuentra laborando en la minería y peor aún varios niños, niñas y adolescentes son explotados se-
xualmente en el sector turístico [5-51].
Aproximadamente 300.000 niños soldados son partícipes en guerras y conflictos tribales. Entre el 10 y el
15% de los empleados en el sector del turismo y el ocio en todo el mundo son menores de 18 años. Además, que
1,2 millones de niños son víctimas de la trata infantil, incluido el tráfico de órganos y la adopción ilegal [6].
El convenio 138 de 1973 consagra que la edad mínima de admisión o ingreso a toda clase de trabajo que por
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ños, niñas y adolescentes
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su naturaleza o condiciones en que se realice pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad
de los niños, niñas y adolescentes no deberá ser inferior a los 18 años. Pero para otros tipos de trabajo, y depen-
diendo de las condiciones del país, la edad promedio es entre los 14 y los 15 años, el momento en que termina la
enseñanza obligatoria [7-52-66].
La etapa de la adolescencia es donde el niño se desarrolla física y psicológicamente, en la cual se construye
sobre las experiencias vividas en su desarrollo de niñez y sienta fuertes bases para su adultez. El o la adolescente
enfrenta un proceso del desarrollo en diferentes esferas de su vida como el cambio físico y fisiológico, transfor-
maciones psicológicas y modificaciones de orden social. Todo este proceso es evolutivo y que es complemento,
permite hablar de la adolescencia como el tiempo del descubrimiento del mundo interior, el reconocimiento del
mundo de vida, del espacio social y de la construcción de su quehacer en la acción social [8].
Según la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 44 establece que el Estado, la sociedad y la
familia promoverán el interés superior del menor sobre cualquier persona [9].
El artículo 46 numeral 2 ibídem, menciona también la prohibición del trabajo de menores de quince años, y
se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil, pues la violación de esta norma atente
a su formación y a su desarrollo integral [9-53].
Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del
trabajo infantil. El trabajo de los adolescentes será excepcional, y no podrá conculcar su derecho a la educación
ni realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o su desarrollo personal. Se respetará, reconocerá y
respaldará su trabajo y las demás actividades siempre que no atenten a su formación y a su desarrollo integral.
Para poder comprender el fenómeno del trabajo infantil este debe ser puesto en el contexto de una estrategia
de sobrevivencia que caracteriza a las familias de bajos recursos del país y que estas estrategias no corresponden
a respuestas de adecuación de estas familias frente a situaciones coyunturales, sino que son respuestas culturales
frente a una situación de pobreza estructural que va en avance en nuestro país [10-54].
Así mismo se observa en el artículo 81 del Código de la Niñez y Adolescencia sobre el derecho del Estado,
la sociedad y la familia de proteger a los memores de la explotación laboral en cualquier forma, ya que es consi-
derado como nocivo para su salud, desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social o que pueda obstaculizar
también el derecho a la educación [11].
De la misma manera en el artículo 83 del Código ibídem observa que es obligación de la familia contribuir al
logro de los objetivos del estado sobre el desarrollo y protección de los niños, niñas y adolescentes que no han
cumplido quince años [11-59-60].
El artículo 134 del Código del Trabajo establece la prohibición de toda forma y clase de trabajo, a los meno-
res de quince años, donde claramente sindica que el empleador que viole será sancionado con el máximo de la
multa prevista en el artículo 95 del Código de la Niñez y Adolescencia, así como la clausura del establecimiento
[12-58-61].
El trabajo tiene como definición a todo el esfuerzo humano, físico o intelectual, aplicado a la producción u
obtención de la riqueza el cual es susceptible de valoración económica por la tarea, el tiempo o el rendimiento.
Esta ocupación puede ser de conveniencia social o individual, dentro de la licitud, en donde se pueden operar
máquinas, aparatos, utensilios o herramientas aplicadas para el único fin, el trabajo.
Se define como violencia infantil como toda acción, omisión o trato negligente, no accidental, que priva al
niño de sus derechos y su bienestar, que amenaza o interfiere en su desarrollo físico, psíquico o social y cuyos
autores son personas del ámbito familiar, considerada también como maltrato infantil. De forma sencilla y opera-
tiva se distinguen los varios tipos de violencia infantil, entre ellos están el maltrato físico; la negligencia; el abu-
so sexual y el maltrato emocional.
La violencia se divide también en dos clases las cuales son la omisión y el maltrato por acción, el maltrato
por omisión se caracteriza por el abandono, carencia de necesidades básicas, como la alimentación, educación,
asistencia médica, protección y apoyo al niño y el maltrato por acción puede ser el maltrato físico, abuso sexual
o psicológico [13-57-62].
2 Diseño del método neutrosófico multicriterio para determinar prevalencia del trabajo infantil
y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes
Para determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños,
niñas y adolescentes se utilizó un método que basa su funcionamiento mediante números neutrosóficos para mo-
delar la incertidumbre. Basa su funcionamiento a partir de técnicas multicriterio, donde se modelan los indicado-
res para determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños,
niñas y adolescentes. El método utiliza para la inferencia la Ponderación Lineal Neutrosófica [14-55-56], [15],
[16-63-64-65]. Está diseñado mediante una estructura de tres actividades que en su conjunto determina el análi-
sis de la prevalencia.
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ticriterio para determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los ni-
ños, niñas y adolescentes
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Actividad 1: Identificación de los criterios para determinar la prevalencia del trabajo infantil y la vul-
neración de los derechos fundamentales
Representa el conjunto criterios para determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los dere-
chos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. El conjunto de criterios representa un parámetro de entra-
da del método propuesto, se sustenta mediante un enfoque multicriterio formalizado como:
󰇝


󰇞
, indicadores que representan los criterios evaluativos.
Actividad 2: Determinación los pesos de los criterios
El proceso de determinación de los pesos, representa la actividad que determinar los vectores de pesos aso-
ciados a los criterios [17, 18]. Representa un parámetro para el proceso de inferencia. Se basa en un enfoque
multiexperto de modo que:
󰇝
󰇞
, donde E, representa los expertos que determinan los vectores de pesos asociados a
los criterios.
Actividad 3: Evaluación de los criterios para determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulnera-
ción de los derechos fundamentales
La actividad representa el procesamiento del método de inferencia para determinar la prevalencia del trabajo
infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. El procesamiento de
los datos se realiza mediante la ponderación lineal neutrosófica [19], [20], [21] que constituye un método multi-
criterio [22-24]. La ponderación lineal neutrosófica representa una alternativa a los métodos multicriterio clási-
cos [25], [26], [27]. El método consiste en calcular una puntuación global
para cada alternativa
tal como
expresa la ecuación 1.

(1)
La ponderación lineal representa un método compensatorio, se aplica posterior a una normalización previa.
El método es aplicado en casos donde se posee un conjunto m de alternativas y n criterios [28], [29]. Para cada
criterio j el decisor estima cada alternativa i. Se obtiene la evaluación

de la matriz de decisión que posee una
ponderación cardinal ratio [30-33]. Se asigna un peso
󰇛

󰇜
también del tipo cardinal ratio para cada uno
de los criterios
.
En el contexto de los métodos multicriterio, se introducen los números neutrosóficos con el objetivo de re-
presentar la neutralidad [34],[35],[36], [37]. Constituye las bases de teorías matemáticas que generalizan las teo-
rías clásicas y difusas tales como los conjuntos neutrosóficos y la lógica neutrosófica [38], [39], [27]. Un número
neutrosófico (N) se representa de la siguiente forma [40], [41], [42]:
Sean 󰇝󰇛󰇜  󰇟󰇠󰇞, una valuación neutrosófica es un mapeo de un grupo de fórmulas
proporcionales a , esto es que por cada sentencia p se tiene [43-45]:
󰇛󰇜
󰇛
󰇜
(2)
Donde:
T: representa la dimensión del espacio que representa la verdad,
I: representa la falsedad,
F: representa la indeterminación.
Matemáticamente se puede definir un método de Ponderación Lineal Neutrosófico como una 3-tupla (R,W,r)
tal como representa la ecuación 3.
Donde:
󰇛󰇜
: representa la función resultante que refiere una dimensión del espacio verdad, falsedad e indetermi-
nación
󰇛

󰇜
󰇛󰇜
: representa el peso del criterio
j.
asociados a los criterios que refiere una dimensión del espacio ver-
dad, falsedad e indeterminación
󰇛

󰇜

:
representa la evaluación de la alternativa respecto al criterio que refiere una dimensión del espacio
verdad, falsedad e indeterminación
󰇛
󰇜
(3)
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ticriterio para determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los ni-
ños, niñas y adolescentes
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3 Resultados y discusión
A continuación se realiza una descripción de la corrida por etapa del método neutrosófico multicriterio para
determinar la prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas
y adolescentes.
Actividad 1: Identificación de los criterios determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración
de los derechos fundamentales
Para la presente investigación se consultaron 7 expertos a partir de los cuales se identificaron los criterios evalua-
tivos. La tabla 2 muestra los criterios resultantes.
Tabla 2: Criterios para determinar prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y ado-
lescentes.
Actividad 2: Determinación los pesos los criterios
La actividad emplea un enfoque multiexperto para la determinación de los vectores de pesos asociados a los
síntomas para determinar prevalencia. La actividad representa la base para el procesamiento de las inferencias.
La tabla 3 muestra el resultado de los vectores de pesos atribuidos a los criterios para determinar la prevalencia.
Tabla 3: Pesos asociados a los criterios para determinar la prevalencia.
Actividad 3: Evaluación de los criterios
Para obtener los resultados a partir de los métodos propuestos se hace uso de la Neutrosofía y en particular
de la escala lingüística, S, vkjS, donde; S={s1,…,sg}, es el conjunto de término lingüísticos definidos para
evaluar las características ck utilizando los números Neutrosóficos de Valor Único (SVN), para el análisis de los
términos lingüísticos resultantes. La escala de términos lingüísticos a utilizar se muestra en la Tabla 4.
No
Criterios evaluativos
Participación en actividades económicas: La prevalencia del trabajo infantil se determina mediante la
participación de los niños, niñas y adolescentes en actividades económicas, ya sea en el sector formal o
informal.
Edad de los trabajadores: Se considera la prevalencia del trabajo infantil al analizar la edad de los ni-
ños, niñas y adolescentes que realizan actividades laborales, ya que el trabajo infantil implica la vulne-
ración de los derechos fundamentales de los menores de edad.
Condiciones laborales: Se evalúan las condiciones en las que los niños, niñas y adolescentes realizan su
trabajo, incluyendo la exposición a riesgos laborales, la duración de la jornada laboral y la remunera-
ción recibida.
Acceso a la educación: La prevalencia del trabajo infantil también se determina considerando el acceso
de los niños, niñas y adolescentes a la educación, ya que el trabajo infantil puede impedirles ejercer su
derecho a la educación.
Criterios evaluativos
Pesos neutrosófico asociados
(0.9, 0.1, 0.1)
(1,0,0)
(0.8,0,15,0.20)
(0.9, 0.1, 0.1)
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ños, niñas y adolescentes
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Tabla 4. Escala de términos lingüísticos.
Término lingüístico
Números SVN
Extremadamente alta (EA)
(1,0,0)
Muy muy alta (MMA)
(0.9, 0.1, 0.1)
Muy alta (MA)
(0.8,0,15,0.20)
Alta (A)
(0.70,0.25,0.30)
Medianamente alta (MDA)
(0.60,0.35,0.40)
Media (M)
(0.50,0.50,0.50)
Medianamente baja (MDB)
(0.40,0.65,0.60)
Baja (B)
(0.30,0.75,0.70)
Muy baja (MB)
(0.20,0.85,0.80)
Muy muy baja (MMB)
(0.10,0.90,0.90)
Extremadamente baja (EB)
(0,1,1)
Basado en los resultados obtenidos, se utiliza la Neutrosofía para determinar prevalencia del trabajo infantil
y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. El análisis se realiza a partir
de la escala de términos lingüísticos y los resultados se muestran en la Tabla 5.
Tabla 5. Tabla para determinar la preferencia sobre la prevalencia del trabajo infantil y la vulneración de los derechos fundamentales de
los niños, niñas y adolescentes.
A partir de la Ponderación Lineal Neutrosófica propuesta para el método, se realiza el cálculo para el análisis de
los criterios para determinar prevalencia. La tabla 6 nuestra los datos y el resultado del procesamiento a partir del
cálculo de la ecuación 3.
Tabla 6: Resultados del procesamiento.
Criterios evaluativos
Valor neutrosófico
de preferencia
Vector de peso
neutrosófico
Cálculo
(1,0,0)
(0.9, 0.1, 0.1)
(0.9, 0.1, 0.1)
(1,0,0)
(1,0,0)
(1,0,0)
(0.8,0,15,0.20)
(0.8,0,15,0.20)
(0.75,0.25,0.25)
(0.70,0.25,0.30)
(0.9, 0.1, 0.1)
(0.8,0,15,0.20)
Inferencia
(0.87,0,15,0.20)
Criterios evaluativos
Etiqueta Lingüística
Valor Neutrosófico
Muy muy alta (MMA)
(1,0,0)
Muy muy alta (MMA)
(1,0,0)
Muy alta (MA)
(0.8,0,15,0.20)
Medianamente alta (MDA)
(0.70,0.25,0.30)
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ños, niñas y adolescentes
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A partir de la inferencia obtenida se concluye que el análisis para determinar prevalencia del trabajo infantil
y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes para el caso objeto de estudio
como Muy alto, con un índice de 0.87. Los resultados expresados indican que se requieren acciones que miti-
guen este impacto tan devastador.
4 Aplicación de instrumentos investigativos
Adicionalmente, luego de la implementación del método neutrosófico, se socializó los derechos de los niños,
niñas y adolescentes como apoyo a la sociedad para bajar los índices de violación de los derechos de los menores
a ser prioridad sobre cualquier persona y castigar severamente aquellos que proliferan el trabajo infantil.
Una vez aplicadas las técnicas e instrumentos se obtienen como resultados la afirmación de la propuesta en la
cual se pretendía cumplir con los objetivos planteados sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes, con-
sagrados en la Constitución de la República del Ecuador y en la Convención de los Derechos del Niño.
A partir de esto se podrá garantizar a los niños, niñas y adolescentes conozcan su derecho al desarrollo físico,
psicológico, familia, educación, salud que en su niñez y adolescencia requieren para su pleno desarrollo como
son: Los derechos estipulados en la Constitución de la República del Ecuador y en la Convención sobre los De-
rechos del Niño.
Tabla 7. Guía de encuesta.
No.
Preguntas
No
Sí %
No%
1
¿Tienes familia?
12
33
26%
74%
2
¿Te obligaron a trabajar?
40
5
88%
12%
3
¿Crees tener edad para trabajar?
2
43
4%
96%
4
¿Te alcanza tu sueldo?
0
45
100%
5
¿Estudias?
3
42
6%
94%
6
¿Conoces que tienes derechos como niño, niña o adolescente que te
protege para que no trabajes?
0
45
100%
7
¿Conoces que debes hacer si te obligan a trabajar?
0
45
100%
8
¿Quieres conocer tus derechos como niño, niña o adolescente?
45
0
100%
9
¿Quieres estudiar?
45
0
100%
10
¿Necesitas protección legal?
45
0
100%
Discusión
Los encuetados manifiestan desconocer las normas que les protege, sus derechos como niños, niñas y adoles-
centes que en su mayoría desconocen la ilegalidad, abuso y violencia del trabajo infantil al que son obligados ya
sea por situaciones diversas optan por la mendicidad u otros medios, mediante los cuales puedan obtener ganan-
ciales para el sustento familiar y personal.
Se evidencian casos de extremada pobreza como uno del problema que generan el trabajo infantil, siendo es-
te un problema social ocasionado por la falta de educación, de la socialización de las leyes, principios que los
protege como menores de edad y que a su vez les priva del desarrollo y oportunidades para que en un futuro
puedan laborar con una previa preparación y con la capacidad legal suficiente.
La Constitución de la República del Ecuador evidencia los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero
esto no está siendo observado por quienes aprovechan de la necesidad de supervivencia de este grupo prioritario
que solo va en aumento la proliferación del “trabajo infantil”, es el deber del estado hacer cumplir con lo esta-
blecido para que de manera conjunta con la sociedad puedan efectivizar lo dispuesto en las normas vigentes.
La falta de conocimiento sobre los órganos e instituciones competentes para la erradicación del trabajo infan-
til son de total responsabilidad del estado, ya que es el estado el encargado de promover campañas que contribu-
yan con la información necesaria para que la ciudadanía pueda obtener información y mediante la misma pueda
profundizar su conocimiento.
Los niños, niñas y adolescentes que someten su tiempo al trabajo de distintas formas, están perdiendo ple-
namente su etapa de niñez y adolescencia de manera radical, ya que para los niños y adolescentes es esencial
cursar esta etapa para su desarrollo físico, psicológico y su madurez emocional.
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ños, niñas y adolescentes
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Es habitual encontrase con niños, niñas o adolescentes, en el centro de las ciudades que por distintas razones
son obligados o caen en la necesidad de ayudar a sus progenitores en la mendicidad o están dispuestos a ocupar
su tiempo en el trabajo que se les presente al momento, para poder sustentar sus necesidades básicas y de esta
forma diariamente ayudar a su familia.
Así mismo la información que fue presentada en la publicación de “Trabajo infantil en Ecuador: Hacia un
entendimiento integral de la problemática” del Instituto Nacional de Estadística y Censos INEC y el Fondo de
las Naciones Unidas para la Infancia UNICEF. Definen al trabajo infantil: desde la normativa ecuatoriana en el
marco del Sistema de Protección y Equidad (artículo 46) para la protección y atención a niños, niñas y adoles-
centes se incluye expresamente la protección especial contra la explotación laboral o económica y la prohibición
expresa del trabajo para menores de 15 años.
En lo relacionado al trabajo adolescente, se expone su carácter de excepcional, siempre que no limite su edu-
cación o ponga en riesgo su salud. Ídem la normativa nacional específica, el Código de la Niñez y Adolescencia
(CNA) define como edad nima para el trabajo a los 15 años, considerando todo tipo de trabajo incluyendo el
servicio doméstico.
En el caso del trabajo adolescente (entre 15 y 17 años), se plantea un límite de 6 horas diarias a la jornada la-
boral durante 5 días a la semana, siempre que no perjudique el derecho a la educación y cumpla con todas las ga-
rantías legales y laborales, como mecanismos para proteger su integridad y garantizar su desarrollo. Adicional-
mente, se requiere de la autorización de los padres.
El trabajo infantil le afecta y priva a los niños de todos sus derechos: educación, juego, salud como funda-
mentales y los expone según lo investigado a abusos y violencia, sumidos en la pobreza, que en los últimos
avances y esfuerzos que el estado realiza a través de sus entes de control para erradicar el trabajo infantil se han
estancado por primera vez desde hace 20 años y que se ha invertido la tendencia hacia de la disminución del tra-
bajo infantil que venía registrando a un incremento con la pandemia del COVID-19 y el consiguiente cierre de
escuelas ha abocado a más niños y niñas a esta situación de trabajo, labores que exigen muchas horas de dedica-
ción, para las que son demasiado jóvenes, que ponen en riesgo su salud y bienestar, que les roban tiempo de jue-
go y que les apartan de la educación.
Conclusión
A partir del desarrollo del método neutrosófico multicriterio para determinar la prevalencia del trabajo infan-
til y la vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, se llega a la conclusión que
existe una prevalencia aún Muy alta. Las consecuencias de la proliferación del trabajo infantil se evidencian en
los encuestados los problemas de salud (agotamiento, lesiones, problemas en la piel y otros), la falta de tiempo
para jugar o la mala calidad de tiempo para el estudio, así como expresan que reciben maltrato en el trabajo,
otros sufren de condiciones inaceptables, por lo que es necesario seguir avanzando en la lucha jurídica contra es-
tas violaciones a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
La poca o nula socialización de los derechos de los menores de 15 años sobre el trabajo infantil y el daño que
les está ocasionando. El desconocimiento de las leyes que les protege el cómo y dónde acudir a demandar en ca-
so de presenciar el trabajo infantil. La falta de socialización sobre la prohibición del trabajo infantil por parte de
las diferentes entidades de control y sanción; así como la falta de operativos que de manera constante regulen y
controlen la prevención y erradicación del trabajo infantil.
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