Neutrosophic Computing and Machine Learning, Vol. 31, 2024
University of New Mexico
ción para parejas del mismo sexo en Ecuador.
Método neutrosófico multicriterio para determinar el es-
tado del matrimonio igualitario y los derechos de adop-
Ronald Patricio Herrera Paguay
1
, Carmen Marina Méndez Cabrita
2
, and Jairo Mauricio Puetate
Paucar
3
1
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán. Ecuador. E-mail: ut.ronaldphp14@uniandes.edu.ec
2
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán. Ecuador. E-mail: ut.carmenmmc56@uniandes.edu
3
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán. Ecuador. E-mail: ut.jairopuetate@uniandes.edu.ec
Resumen. En la actualidad, el matrimonio igualitario ha encontrado reconocimiento legal en 31 países alrededor del mundo. Sin
embargo, es paradójico que, en el contexto de Ecuador, a pesar de este avance, las restricciones legales persisten, dando lugar a
la prohibición de la adopción homoparental. Esta discordancia entre el reconocimiento del matrimonio igualitario y la prohibición
de la adopción por parte de parejas del mismo sexo plantea una cuestión controversial que merece un análisis detenido y reflexivo.
La presente investigación propone un método nuetrosófico multicriterio para determinar el estado del matrimonio igualitario y
los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador. Con la implementación del método propuesto se pudo iden-
tificar que, si bien se han logrado avances significativos en el reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBTIQ+, aún
hay obstáculos que deben ser superados para garantizar que todas las personas puedan ejercer sus derechos sin discriminación ni
exclusiones injustas.
Palabras Claves: todo nuetrosófico multicriterio, matrimonio igualitario, adopción homoparental, legislación ecuatoriana,
igualdad de derechos.
Summary. Currently, equal marriage has found legal recognition in 31 countries around the world. However, it is paradoxical
that, in the context of Ecuador, despite this progress, legal restrictions persist, giving rise to the prohibition of homoparental
adoption. This discrepancy between the recognition of equal marriage and the prohibition of adoption by same-sex couples raises
a controversial issue that deserves a careful and thoughtful analysis. The present research proposes a multi-criteria Nuetrosoph-
ical method to determine the status of equal marriage and adoption rights for same-sex couples in Ecuador. With the implemen-
tation of the proposed method, it was possible to identify that, although significant progress has been made in the recognition of
the rights of the LGBTIQ+ community, there are still obstacles that must be overcome to guarantee that all people can exercise
their rights without discrimination or exclusions unfair.
Keywords: multi-criteria Nuetrosophical method, equal marriage, homoparental adoption, Ecuadorian legislation, equal rights.
1 Introducción
El matrimonio igualitario es legal en 31 países del mundo. Los primeros en permitirlo fueron los Países Bajos
en el año 2000 y, recientemente en el año 2020 Costa Rica; Argentina, Brasil, Uruguay, Colombia y Ecuador ya
dictaron sus propias leyes al respecto. Mientras tanto, España ya cuenta con 17 años de vigencia de los enlaces de
personas del mismo sexo [1-34-35].
Teniendo en cuenta esto, en Ecuador, en el año 2019 el Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador aprobó
con 5 votos a favor y 4 en contra el matrimonio civil. Bien es cierto, la aprobación por parte de la Corte Constitu-
cional permite los grupos LGTBIQ puedan ejercer estos derechos que son para todos los ciudadanos sin ningún
tipo de discriminación, permitiendo que la norma jurídica ecuatoriana sea aplicada en su totalidad y así como lo
Ronald P. Herrera P, Carmen M. Méndez C, Jairo M. Puetate P. Método neutrosófico multicriterio para determi-
nar el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador
A multi-criteria neutrosophic method to determine the
status of equal marriage and adoption rights for
same-sex couples in Ecuador.
Neutrosophic Computing and Machine Learning, Vol. 31, 2024
menciona la Constitución de la República del Ecuador:
Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se
gobierna de manera descentralizada [2-36].
El matrimonio igualitario tan solo es la punta de un iceberg de los derechos que deberían ser reconocidos a las
personas de esta comunidad, aún falta un sin número de derechos y garantías que les aseguren el pleno glose de su
vida y un buen vivir como cualquier otra persona, indistintamente de su sexualidad. Uno de ellos es el derecho de
las parejas de mismo sexo a la adopción, ya que en el Ecuador se encuentra prohibido. Por un lado, en el Art. 67
de la Constitución de la República del Ecuador menciona:
Art. 67.- Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental
de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines.
Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y
oportunidades de sus integrantes. [2].
Haciendo hincapié en lo último mencionado Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se
basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes”; y tomando en cuenta al vínculo jurídico
que una opción es la adopción, sin embargo, el art. 68 del mismo cuerpo legal, en su inciso 2 manifiesta La
adopción corresponderá sólo a parejas de distinto sexo[2].
Dentro del Código Civil del Ecuador, Art. 314 se define a la adopción como una institución en virtud de la
cual una persona, llamada adoptante, adquiere los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre, señalados
en este Título, respecto de un menor de edad que se llama adoptado. Sólo para los efectos de la adopción se tendrá
como menor de edad al que no cumple 21 años [3-37].
Tomando en cuenta el Art. 151 del Código de la Niñez y Adolescencia: La adopción tiene por objeto garantizar
una familia idónea, permanente y definitiva al niño, niña o adolescente que se encuentren en aptitud social y legal
para ser adoptados. (Código de la Niñez y Adolescencia., 2003). Además, dentro de este cuerpo legal, en el Art.
159 sobre los requisitos de los adoptantes en el numeral 6 menciona. En los casos de pareja de adoptantes, ésta
debe ser heterosexual y estar unida por más de tres años, en matrimonio o unión de hecho que cumpla los requisitos
legales [4-38-39-40].
Con respecto a lo mencionado anteriormente se denota que el acto de adopción podrá ser solo para parejas con
matrimonio o unión de hecho entre hombres y mujeres, dejando de lado los matrimonios de personas del mismo
sexo, constituyendo un hecho discriminatorio aun cuando en la Constitución del Ecuador menciona: Art. 3.- Son
deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos estable-
cidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales(..) [2].
Por su parte el Art. 11 establece que el ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:
Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.
Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de
género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial,
condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH,
discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o per-
manente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio
de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.
El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de
derechos que se encuentren en situación de desigualdad [2]. La aprobación de este derecho significa un gran paso
para la comunidad LGBTIQ, por ello es pertinente e importante evaluar en como realmente se respeta este derecho,
porque una cosa es el derecho escrito pero el derecho en su práctica es más complicado y a pesar de este gran
avance aún es muy lenta la evolución de la norma al ritmo del avance social. Es por eso que el objetivo de esta
investigación es desarrollar un método nuetrosófico multicriterio para determinar el estado del matrimonio iguali-
tario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador.
2 Diseño del método nuetrosófico multicriterio para determinar el estado del matrimonio iguali-
tario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador
Para determinar el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo
en Ecuador, se utilizó un método que basa su funcionamiento mediante números neutrosóficos para modelar la
incertidumbre. Basa su funcionamiento a partir de técnicas multicriterio, donde se modelan los indicadores para
determinar el cumplimiento de los derechos del matrimonio igualitario en Ecuador. El método utiliza para la infe-
rencia la Ponderación Lineal Neutrosófica. Está diseñado mediante una estructura de tres actividades que en su
conjunto determinan el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo
en Ecuador.
175
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nar el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador
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Ecuador
Actividad 1: Identificación los indicadores para determinar el estado de los derechos de adopción para
parejas del mismo sexo en Ecuador
Representa el conjunto de indicadores que se evalúan para analizar el cumplimiento de los derechos del matri-
monio igualitario en Ecuador. El conjunto de indicadores representan un parámetro de entrada del método pro-
puesto, se sustenta mediante un enfoque multicriterio formalizado como:
󰇝


󰇞
, indicadores que representan los criterios evaluativos.
Actividad 2: Determinación los pesos de los indicadores
El proceso de determinación de los pesos, representa la actividad que determina los vectores de pesos asociados
a los indicadores que se evalúan para analizar el cumplimiento de los derechos del matrimonio igualitario. Repre-
senta un parámetro para el proceso de inferencia. Se basa en un enfoque multiexperto de modo que:
󰇝
󰇞
, donde E, representa los expertos que determinan los vectores de pesos asociados a
los indicadores.
Actividad 3: Evaluación de los criterios sobre los derechos del matrimonio igualitario en Ecuador
La actividad representa el procesamiento del método de inferencia para determinar el cumplimiento de los
derechos del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador. El pro-
cesamiento de los datos se realiza mediante la ponderación lineal neutrosófica ,[5], [6] que constituye un método
multicriterio [7-9]. La ponderación lineal neutrosófica representa una alternativa a los métodos multicriterios clá-
sicos [10], [11]. El método consiste en calcular una puntuación global
para cada alternativa
tal como expresa
la ecuación 1.

(1)
La ponderación lineal representa un método compensatorio, se aplica posterior a una normalización previa. El
método es aplicado en casos donde se posee un conjunto m de alternativas y n criterios [12], [13]. Para cada criterio
j el decisor estima cada alternativa i. Se obtiene la evaluación

de la matriz de decisión que posee una pondera-
ción cardinal ratio [14], [15]. Se asigna un peso
󰇛

󰇜
también del tipo cardinal ratio para cada uno de los
criterios
.
En el contexto de los métodos multicriterio, se introducen los números neutrosóficos con el objetivo de repre-
sentar la neutralidad [16],[17],[18], [19]. Constituye las bases de teorías matemáticas que generalizan las teorías
clásicas y difusas tales como los conjuntos neutrosóficos y la gica neutrosófica [20], [21], [11]. Un número
neutrosófico (N) se representa de la siguiente forma [22],[23] , [24]:
Sean 󰇝󰇛󰇜  󰇟󰇠󰇞, una valuación neutrosófica es un mapeo de un grupo de fórmulas
proporcionales a , esto es que por cada sentencia p se tiene [25-27]:
󰇛󰇜
󰇛

󰇜
Donde:
T: representa la dimensión del espacio que representa la verdad,
I: representa la falsedad,
F: representa la indeterminación.
Matemáticamente se puede definir un método de Ponderación Lineal Neutrosófico como una 3-tupla (R,W,r)
tal como representa la ecuación 3.
Donde:
󰇛󰇜
: representa la función resultante que refiere una dimensión del espacio verdad, falsedad e indetermi-
nación
󰇛

󰇜
󰇛󰇜
: representa el peso del criterio
j.
asociados a los criterios que refiere una dimensión del espacio verdad,
falsedad e indeterminación
󰇛
󰇜

:
representa la evaluación de la alternativa respecto al criterio que refiere una dimensión del espacio
verdad, falsedad e indeterminación
󰇛
󰇜
󰇛󰇜
󰇛󰇜
󰇛󰇜
(3)
176
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determinar el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en
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3 Resultados y discusión
3.1 Implementación del método propuesto
A continuación se realiza una descripción de la corrida por etapa del método neutrosófico multicriterio para
determinar el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecua-
dor.
Actividad 1: Identificación de los indicadores para determinar el estado de los derechos del matrimonio
igualitario en Ecuador
Para la presente investigación se consultaron 7 expertos a partir de los cuales se identificaron los criterios evalua-
tivos. La tabla 1 muestra los criterios resultantes.
Tabla 1: Indicadores evaluativos sobre el cumplimiento de los derechos del matrimonio igualitario en Ecuador.
Actividad 2: Determinación los pesos de los indicadores
La actividad emplea un enfoque multiexperto para la determinación de los vectores de pesos asociados a los
indicadores para determinar el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo
sexo en Ecuador. La actividad representa la base para el procesamiento de las inferencias. La tabla 3 muestra el
resultado de los vectores de pesos atribuidos a los indicadores.
Tabla 2: Pesos asociados a los indicadores.
Criterios evaluativos
Pesos neutrosófico asociados
(0.9, 0.1, 0.1)
(1,0,0)
(0.8,0,15,0.20)
(1,0,0)
Actividad 3: Evaluación de los criterios sobre los derechos del matrimonio igualitario.
Para obtener los resultados a partir del método propuesto se hace uso de la Neutrosofía y en particular de la
escala lingüística, S, vkjS, donde; S={s1,…,sg}, es el conjunto de término lingüísticos definidos para evaluar
las características ck utilizando los números Neutrosóficos de Valor Único (SVN), para el análisis de los términos
lingüísticos resultantes. La escala de términos lingüísticos a utilizar se muestra en la Tabla 3.
Tabla 3. Escala de términos lingüísticos.
Término lingüístico
Números SVN
Extremadamente buena (EB)
(1,0,0)
Muy muy buena (MMB)
(0.9, 0.1, 0.1)
No.
Criterios evaluativos
Acceso igualitario al matrimonio: Evaluar el acceso igualitario al matrimonio es fundamental para
determinar si las parejas del mismo sexo tienen el mismo derecho que las parejas heterosexuales a contraer
matrimonio legalmente. Se puede analizar la existencia de barreras legales, administrativas o sociales que
impidan el acceso igualitario al matrimonio.
Protección legal y reconocimiento: Es importante evaluar si las parejas del mismo sexo que contraen
matrimonio reciben la misma protección legal y reconocimiento que las parejas heterosexuales. Esto incluye
aspectos como derechos de propiedad, beneficios fiscales, seguridad social, adopción y otros derechos
conyugales.
No discriminación y respeto a la identidad de género: La evaluación del cumplimiento de los derechos del
matrimonio igualitario debe considerar si las parejas del mismo sexo son tratadas sin discriminación por
parte de las autoridades y la sociedad en general. Además, se debe evaluar si se respeta la identidad de
género de las personas involucradas en el matrimonio
Educación y sensibilización: La evaluación también debe considerar los esfuerzos realizados para educar y
sensibilizar a la sociedad sobre la igualdad en el matrimonio, así como sobre los derechos y desafíos
específicos que enfrentan las parejas del mismo sexo. Esto incluye programas educativos, campañas de
concienciación y capacitación para profesionales de diferentes sectores.
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Ecuador
Término lingüístico
Números SVN
Muy buena (MB)
(0.8,0,15,0.20)
Buena (B)
(0.70,0.25,0.30)
Medianamente buena (MDB)
(0.60,0.35,0.40)
Media (M)
(0.50,0.50,0.50)
Medianamente mala (MDM)
(0.40,0.65,0.60)
Mala (MA)
(0.30,0.75,0.70)
Muy mala (MM)
(0.20,0.85,0.80)
Muy muy mala (MMM)
(0.10,0.90,0.90)
Extremadamente mala (EM)
(0,1,1)
Basado en los resultados obtenidos, se utiliza la Neutrosofía para cuantificar el estado del matrimonio iguali-
tario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador. El análisis se realiza a partir de la escala
de términos lingüísticos y los resultados se muestran en la Tabla 4.
Tabla 4. Escala para determinar el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador
A partir de la Ponderación Lineal Neutrosófica propuesta para el método, se realiza el cálculo para determinar el
estado del matrimonio igualitario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador. La tabla 5
nuestra los datos y el resultado del procesamiento a partir del cálculo de la ecuación 3.
Tabla 5: Resultados del procesamiento.
A partir de la inferencia obtenida se concluye que el estado del matrimonio igualitario y los derechos de adop-
ción para parejas del mismo sexo en Ecuador se encuentra valorada para el caso objeto de estudio como muy bueno
con un índice de 0.67.
3.2 Aplicación de la encuesta
Se realizó una encuesta con el propósito de recopilar información y verificar los resultados del método desa-
rrollado, así como la necesidad de su resolución. Se encuestó a 15 profesionales del derecho en la ciudad de Tulcán,
cantón Tulcán, provincia del Carchi. Los resultados se describen a continuación:
Pregunta 1: ¿Está a favor de la legalización del matrimonio igualitario en Ecuador?
Tabla 7. Consideraciones sobre la legalización del matrimonio igualitario en Ecuador
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
13
72 %
En contra
2
28 %
TOTAL
15
100 %
Criterios evaluativos
Etiqueta Lingüística
Valor Neutrosófico
Muy muy buena (MMB)
(0.9, 0.1, 0.1)
Extremadamente buena (EB)
(1,0,0)
Muy buena (MB)
(0.8,0,15,0.20)
Extremadamente buena (EB)
(1,0,0)
Criterios evaluativos
Valor neutrosófico de preferencia
Vector de peso neutrosófico
(0.70,0.25,0.30)
(0.9, 0.1, 0.1)
(0.40,0.65,0.60)
(1,0,0)
(0.40,0.65,0.60)
(0.8,0,15,0.20)
(0.20,0.85,0.80)
(1,0,0)
Inferencia
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Ante la formulación de la pregunta 1, se puede comprobar que del 100% de las personas encuestadas, el 72%
están de acuerdo con la legalización del matrimonio igualitario en Ecuador, mientras que el 28% se manifestó en
contra.
Pregunta 2: ¿Crees que debería permitirse la adopción por parte de parejas del mismo sexo en el país?
Tabla 8. Consideraciones sobre la adopción por parte de parejas del mismo sexo en Ecuador.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
14
93 %
En contra
1
7 %
TOTAL
15
100 %
En el análisis de los resultados de la pregunta sobre la permisión de la adopción en parejas del mismo sexo el
93% se mostró a favor de esta opción, mientras que el 7% en contra.
Pregunta 3: ¿La prohibición de la adopción homoparental en Ecuador contradice los principios de igualdad
de derechos de la Constitución?
Tabla 9. Consideraciones sobre la prohibición de la adopción homoparental en Ecuador.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
15
100 %
En contra
0
0 %
TOTAL
15
100 %
El 100% de la muestra de población estuvo de acuerdo en mencionar que la prohibición de la adopción homo-
parental en Ecuador contradice los principios de igualdad de derechos de la Constitución.
Pregunta 4: ¿Considera que la comunidad LGBTIQ+ en Ecuador está avanzando en derechos y reconoci-
miento en la sociedad?
Tabla 10. Consideraciones sobre el avance de la comunidad LGBTIQ+ ante la sociedad ecuatoriana.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
13
72 %
En contra
2
28 %
TOTAL
15
100 %
En esta pregunta, el análisis de los resultados manifestó que el 72% consideran que el Ecuador está avanzando
en cuanto los derechos de la comunidad LGTBIQ+, mientras que el 28% manifiesta que no se ha avanzado en este
aspecto en la sociedad.
Pregunta 5: ¿Se necesitan medidas legales adicionales para asegurar la igualdad de derechos para parejas del
mismo sexo en cuanto al matrimonio y la adopción en Ecuador?
Tabla 11. Consideraciones sobre la necesidad de medidas legales adicionales.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
12
80 %
En contra
3
20 %
TOTAL
15
100 %
En el cuestionamiento de la necesidad de implementar medias legales adicionales para asegurar la igualdad de
derechos para parejas del mismo sexo en cuanto al matrimonio y la adopción en Ecuador, las respuestas han sido
en su mayoría favorables, teniendo un 80%, y solo con un 20% en contra.
Pregunta 6: ¿Cree que las parejas del mismo sexo deberían tener los mismos derechos de adopción que las
parejas heterosexuales?
Tabla 12. Consideraciones sobre la necesidad de medidas legales adicionales.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
9
60 %
En contra
6
40 %
TOTAL
15
100 %
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Ecuador
En el análisis de esta cuestión, es evidente que las personas, en su 60% manifiestan que las parejas homose-
xuales deben tener los mismos derechos que las parejas heterosexuales en aspectos de adopción. Sin embargo, un
40% manifiesta que no se debería tener los mismos derechos, si no derechos específicos para cada grupo.
Pregunta 7: ¿Cree que los niños criados por parejas del mismo sexo pueden enfrentar desafíos en su desarro-
llo?
Tabla 13. Consideraciones sobre el desarrollo de los niños criados por parejas del mismo sexo.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
6
40 %
En contra
9
60 %
TOTAL
15
100 %
Los resultados de la encuesta manifiestan que el 40% de personas creen que los niños criados por parejas del
mismo sexo pueden enfrentar desafíos en su desarrollo, por las situaciones de prejuicios de la sociedad, sin em-
bargo, la mayoría en un 60% manifiesta que no.
Pregunta 8: ¿Usted cree que los intereses de los menores, así como su buen vivir dentro de un entorno familiar
adecuado podría mejorar por la adopción de parejas homoparentales?
Tabla 14. Consideraciones sobre el buen vivir de los niños criados por parejas del mismo sexo.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
14
93 %
En contra
1
7 %
TOTAL
15
100 %
De esta pregunta, podemos observar que el 97% de los encuestados están de acuerdo en que la adopción de
menores por parejas homoparentales es beneficioso para los menores, mientras que solo el 7% mencionó que no.
Pregunta 9: ¿Usted cree que debería mejorarse y agilizarse los procesos de adopción en Ecuador?
Tabla 15. Consideraciones sobre el buen vivir de los niños criados por parejas del mismo sexo.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
15
100 %
En contra
0
0 %
TOTAL
15
100 %
En esta pregunta, el respaldo de las personas encuestadas es del 100%, ya que es importante la mejora y agili-
zación de los procesos en el Ecuador para mejorar el buen vivir de niños, niñas y adolescentes.
Pregunta 10: ¿Está de acuerdo en que la ley debería garantizar la igualdad de oportunidades para todas las
parejas, sin importar su orientación sexual?
Tabla 16. Consideraciones sobre la igualdad de oportunidades para todas las parejas, sin importar su orientación sexual.
Alternativas
Personas
Porcentaje
A favor
15
100 %
En contra
0
0 %
TOTAL
15
100 %
En razón de este cuestionamiento, el 87% de los encuestados mencionaron que están de acuerdo con que la ley
garantice la igualdad de oportunidades para las parejas en la adopción, independientemente de su orientación se-
xual, y solo el 13% no estuvo de acuerdo.
4 Discusión de los resultados
En el contexto de los derechos humanos, la discriminación contra las personas LGBT es una problemática
recurrente, al igual que la discriminación hacia otras minorías. Estas comunidades enfrentan dificultades debido a
la existencia de estereotipos y prejuicios arraigados en la sociedad, lo que afecta negativamente su inclusión y
bienestar en la convivencia social. Es fundamental abordar esta situación para promover una sociedad más
igualitaria y respetuosa de los derechos de todas las personas, independientemente de su orientación sexual o
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identidad de género.
Se considera discriminación a la comunidad LGBTIQ+ a todo acto de vejación y no reconocimiento del
derecho humano de igualdad para las personas que se identifican dentro del colectivo. Todos los ciudadanos
debemos exigir que se les brinde protección y apoyo ante los abusos que sufren debido a la homofobia, bifobia y
transfobia [28-41-42-43].
En base a la metodología obtenida y herramientas de investigación, como las encuestas, hemos podido
determinar la importancia de la legalización de la adopción en parejas homoparentales esta perspectiva es apoyada
con el criterio de otros autores con los resultados obtenidos.
Como pudimos obtener los resultados de las encuestas en la primera pregunta sobre la aceptación de la
legalización del matrimonio igualitario con un 72% a favor, es evidente que este paso ha sido algo trascendental
en la sociedad, pues apoyado con el criterio de el titular de la Defensoría del Pueblo, Dr. Freddy Carrión Intriago
(2019):
Vivimos un avance histórico de los derechos humanos con la decisión de la Corte Constitucional de
aprobar el matrimonio civil igualitario en el país, porque se reivindican las oportunidades de grupos
vulnerables que han sido discriminados en su lucha permanente por la igualdad, la protección legal y
la libre decisión.
Ahora, en referencia a los resultados obtenidos de la segunda pregunta sobre permitir la adopción para parejas
del mismo sexo en Ecuador, el 93% se mostró a favor de esta opción, mientras que el 7% en contra.
La constitucionalista Angélica Porras dice que no debería haber constitucionalmente restricción para este tipo
de adopción. “Porque el momento que se aceptó el matrimonio igualitario y la base de dicho reconocimiento fue
la igualdad y no discriminación que es el artículo 11 numeral 2 de la Constitución, no hay formalmente ninguna
restricción para el tema de la adopción” [29-44-45-46-47].
Es por ello que es evidente que tanto la sociedad como en la norma constitucional debería permitir la adopción
en parejas homoparentales y poder garantizar los derechos de igualdad e incluso el buen vivir para los niños. El
cuestionar sobre la prohibición de la adopción homoparental en Ecuador contradice los principios de igualdad de
derechos de la Constitución, es evidente que sí, dado que a pesar de que se menciona en la Constitución que todos
gozaran de los mismos derechos independientemente de su etnia, religión, creencias u orientación sexual mas sin
embargo el privatizar del derecho a la adopción ya es una gran forma de discriminación a los miembros de la
comunidad LGBTIQ+ .
Esto criterio es apoyado por los autores Uguña y Coronel mencionado ‘‘existen derechos constitucionales que
garantizan el desarrollo integral de los niños, el matrimonio igualitario y los mismos derechos a todas las personas,
pero al mismo tiempo limita el ejercicio de este derecho al colectivo LGBTI que contradice los mismos principios
constitucionales’’ [30-48-49].
La comunidad LGBTIQ+ en Ecuador esavanzando en derechos y reconocimiento en la sociedad y las
medidas legales adicionales para asegurar la igualdad de derechos para parejas del mismo sexo en cuanto al
matrimonio y la adopción en Ecuador. Es importante determinar sobre los cambios legales, sociales y culturales
ya que podrían estar promoviendo una mayor inclusión y aceptación de las personas LGBTIQ+ en Ecuador. Estos
cambios se reflejarían en leyes de protección, políticas antidiscriminación, visibilidad en medios y educación, y
en un aumento de la conciencia sobre la diversidad sexual y de género.
Como lo mencionan Ana Cristina Hernández, Kellea Miller e Irene Schneeweis fundadoras de la fundación
Lésbica para la Justicia manifiestan que (2018):
A pesar de los avances jurídicos, las/os activistas continúan documentando discriminación y abuso
hacia las personas LGBTI y denuncian una falla en la implementación de la ley. Si bien los crímenes
de violencia han disminuido en Ecuador, 6 los indicadores señalan que persisten las agresiones contra
la comunidad LGBTI, en especial hacia las personas trans* y transgénero, quienes enfrentan niveles
desproporcionados de violencia y abuso en los lugares públicos.
Los niños criados por parejas del mismo sexo pueden enfrentar desafíos en su desarrollo, los datos obtenidos
de la encuesta revelan que un 40% de las personas consideran que los niños criados por parejas del mismo sexo
podrían experimentar obstáculos en su crecimiento debido a los prejuicios sociales. No obstante, la mayoría, un
60%, opina lo contrario.
Este aspecto es ampliado con el criterio de Fabiola Monroy, catedrática de la Universidad Peruana de Ciencias
Aplicadas (UPC) manifiesta que la razón por la que los opositores creen que la adopción homoparental no debería
permitirse es porque creen que ‘las parejas homosexuales no tienen interés en cuidar a niños ya que ellos no crían
al niño por ellos mismos, sino que lo reciben una vez nacido y así el vínculo es menos profundo’’ [31]. Esta razón
no llega a ser válida ya que la Asociación Norteamericana de Psicología informó que las habilidades de cuidado
de los padres homosexuales son mayores que las de los padres heterosexuales, por lo que el supuesto desinterés
por el bienestar del niño ya no es excusa. Inclusive, un estudio reveló que los niños criados por parejas de lesbianas
tienden a tener el autoestima más alto que los niños criados en familias tradicionales.
Siguiendo con el hilo conductor de este aspecto, el cuestionamiento sobre los intereses de los menores, así
como su buen vivir dentro de un entorno familiar adecuado podría mejorar por la adopción de parejas
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Ecuador
homoparentales es evidente que en la encuesta se manifiesta que el 97% de los encuestados están de acuerdo en
que la adopción de menores por parejas homoparentales es beneficioso para los menores.
E incluso esto mejoraría la eficacia de los procesos de adopción ‘‘la adopción homoparental viene a ser una
buena alternativa para cumplir con el derecho que todo niño tiene, tener una familia. Más aún ahora, que el modelo
de familia ha cambiado totalmente para convertirse en lo que la sociedad busca, una familia democrática, una
familia donde mujeres y hombres tengan los mismos derechos y deberes, donde la división de roles sea cada vez
menos tajante y en donde lo que prime sea la igualdad’’ [32-50-51].
Por tales motivos, la ley debería garantizar la igualdad de oportunidades para todas las parejas, sin importar su
orientación sexual e incluso esta idea en base a las encuestas manifiesta el 87% de aceptación en aprobar la
legalización de la adopción en el Ecuador, y con ello generar los derechos de igualad para las parejas y lograr el
bienestar y buen vivir de los niños que pueden ser adoptados. Como menciona la catedrática Alexandra Anabel
Jaramillo en la revista Polo del Conocimiento ‘‘este derecho se ve coartado al ser restringida esta posibilidad para
las parejas constituidas por personas del mismo sexo, es decir la adopción homosexual, lo cual vulnera
explícitamente más de un derecho en este aspecto.’’ [33-52-53-54].
La necesidad de la aprobación de la adopción en parejas homoparentales en Ecuador radica en garantizar la
igualdad de derechos y oportunidades para todas las familias, independientemente de la orientación sexual de sus
integrantes. Al permitir que las parejas del mismo sexo puedan adoptar, se reconoce y protege el derecho de estas
parejas a formar una familia y brindar un hogar estable y amoroso a niños que pueden estar en situación de
vulnerabilidad. Además, la aprobación de la adopción homoparental contribuye a eliminar la discriminación y el
estigma que puedan enfrentar estas parejas y promueve la construcción de una sociedad más inclusiva y respetuosa
de la diversidad.
Conclusión
A partir del desarrollo del método nuetrosófico multicriterio para determinar el estado del matrimonio iguali-
tario y los derechos de adopción para parejas del mismo sexo en Ecuador, se llega a la conclusión que la prohibición
de la adopción homoparental sigue siendo un desafío importante en la garantía de la igualdad de derechos para
todas las parejas, independientemente de su orientación sexual; aún cuando la lucha por los derechos de la
comunidad LGBTIQ+ ha avanzado en varios frentes, y la legalización del matrimonio igualitario ha sido un hito
significativo en este proceso.
A través de este estudio, se ha demostrado que existe un apoyo sustancial tanto para la legalización del
matrimonio igualitario como para la adopción por parte de parejas del mismo sexo en Ecuador. Los resultados de
las encuestas reflejan una sociedad en transición, donde la mayoría de las personas encuestadas están a favor de
estas medidas, reconociendo la importancia de la igualdad de derechos y la eliminación de la discriminación.
La discusión también ha revelado la contradicción entre la prohibición de la adopción homoparental y los
principios de igualdad establecidos en la Constitución ecuatoriana. A pesar de los avances en la legislación y la
percepción pública, persisten desafíos en la implementación y en la superación de prejuicios arraigados en la
sociedad.
En última instancia, la garantía de la igualdad de derechos para las parejas del mismo sexo, incluida la adopción
homoparental, es un paso crucial hacia la construcción de una sociedad más justa e inclusiva. A medida que
Ecuador avanza en su camino hacia la igualdad, es importante que la legislación y las políticas reflejen
verdaderamente los principios constitucionales de no discriminación e igualdad, permitiendo que todas las
personas, sin importar su orientación sexual, puedan vivir y amar sin temor a la discriminación.
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